El término república viene del latín, “res pvblica”, cosa pública. En sentido amplio es un sistema político basado en el imperio de la ley para resguardo de los derechos fundamentales y las libertades individuales de los ciudadanos.
La definición tradicional alude a la forma de gobierno de aquellos países en los que la soberanía reside en el pueblo, quien la delega en sus representantes para el ejercicio efectivo del poder. Estos representantes pueden ser elegidos de distintas maneras sin alterar la condición republicana pues lo fundamental es el imperio de la ley y no el de los hombres.
Ambigüedad en la definición
La amplitud de la definición y su aplicación a la práctica hace que aparezcan ambigüedades en su uso:
1. Suele llamarse república a países que aducen serlo en un sentido tradicional, aunque en muchos casos sean regímenes autócratas o dictatoriales donde el pueblo no es soberano.
2. Pero también puede ocurrir que una monarquía tenga los atributos de una república. Esto ocurre en el caso de las monarquías electivas o parlamentarias, en las que la soberanía reside en el pueblo, que es quien la otorga con mayores o menores atribuciones a un monarca no soberano. Sin embargo en la práctica jamás se llama república a una monarquía.
De acuerdo a los estudios llevados a cabo por los analistas políticos, a partir de la Primera Guerra Mundial se desató el fin de las monarquías tradicionales. La mayoría de los estados adoptó la forma republicana de acuerdo a su definición tradicional. Con la realización del Tratado de Versalles que tuvo lugar luego de terminada la Primera Guerra, desaparecieron el Imperio austrohúngaro y el Imperio alemán, a partir de una paulatina cesión de poderes de parte de los monarcas hacia las instituciones democráticas electas.
Los politólogos creen que la firma del Tratado de Versalles, que puso fin a la Primera Guerra Mundial, fue el principio del fin de las monarquías tradicionales.
Los pilares de Aristóteles
Para precisar los conceptos que se desprenden de la definición, vale repasar el pensamiento de Aristóteles, el filósofo griego que sostenía que la república se erigía sobre tres pilares:
Las consideraciones sobre las cuestiones públicas llevaron al filósofo griego a decir: “Un montón de gente no es una república”.
Para Aristóteles las formas de gobierno debían guardar fines supremos. Consideraba como fines supremos los siguientes:
Los elementos de la república hoy
La evolución del pensamiento de Aristóteles en la cultura occidental concluye en la formación de rasgos que completan la definición tradicional de “república”. Estos rasgos son:
1) Periodicidad en los cargos.
2) Publicidad de los actos de gobierno.
3) Responsabilidad de los funcionarios públicos.
4) Separación de los poderes del Estado.
5) Soberanía de la ley.
6) Ejercicio del poder soberano por parte de la ciudadanía.
7) Respeto y tolerancia por la diversidad y las minorías.
8) Igualdad ante la ley.
9) Idoneidad como condición para el acceso a cargos públicos.
La república y sus formas
El Estado es el conjunto de instituciones que rigen sobre un territorio determinado aplicando allí sus leyes soberanamente. Este es un poder que debe ser organizado de manera que pueda ejercerse a través de un gobierno. Puede organizarse dividiéndose política y administrativamente en territorios autónomos, como República Federal, o puede hacerlo en base a un poder central que actúa sobre todo el territorio del país constituyendo de este modo una República Unitaria.
Los Estados deben también dar un funcionamiento a sus gobiernos, eligiendo entre diferentes sistemas. Pueden ser presidencialistas, como Estados Unidos, Argentina o Venezuela. En este caso el rol del Jefe de Estado coincide con el de Gobierno. Sin embargo no siempre es así, ya que también pueden optar por la forma parlamentaria, en las que estas funciones están diferenciadas, ya que el Jefe de Gobierno es elegido por el Parlamento y sobre él recae la responsabilidad de la conducción política, como ocurre en Alemania, Austria, Israel y Grecia.
Pero en ambos casos lo que no puede faltar es la división de poderes, es decir, debe existir un órgano encargado de la administración o Poder Ejecutivo, otro que es el que confecciona las leyes que es el llamado Poder Legislativo, y el que aplica las leyes que en casos específicos se someten a su apreciación, que es el Poder Judicial.
La idea de la división de poderes fue impulsada por el filósofo francés Montesquieu (1689-1755), quien en tiempos de la ilustración difundió este concepto en Europa. En su obra El espíritu de las leyes manifiesta admiración por las instituciones políticas inglesas y afirma que la ley es lo más importante del Estado.
La república según Rousseau
Años antes de que se produjera la Revolución Francesa, Jean Jacques Rousseau exponía en su obra “El contrato social”, publicada en 1762, su idea sobre el concepto de “república” y sus implicancias en la teoría política. El filósofo llama “república” a todo cuerpo político o estado gobernado por leyes, sin importar cuál sea su forma de administración, pues entiende que solo gobierna el interés público, añadiendo que el gobierno legítimo es republicano (libro II, capítulo 6). Para Rousseau la legitimidad consiste en el vínculo entre la voluntad de los ciudadanos y las leyes, que son asunto de la voluntad general y es allí, precisamente, donde los ciudadanos como tales se funden en la persona pública. El nombre de la persona pública es el de cuerpo político o república. Resumiendo, república es el gobierno de las leyes. El gobierno de las leyes, legítimo y republicano, puede, a su vez, asumir distintas formas de gobierno o de ejercicio del poder ejecutivo. Sin embargo, resalta Rousseau que este gobierno debe diferenciarse del cuerpo político o soberano ya que, en sus propias palabras “no es bueno que quien hace las leyes las ejecute él mismo”. Ahora bien, el gobierno ejecutor de las leyes debe estar subordinado al poder legislativo. De no ser así no habría una constitución, sino una situación de anarquía.