Los trasplantes pueden realizarse gracias a la voluntad de aquellos que donan sus órganos de manera altruista y desinteresada. Para comprender la complejidad del proceso operativo es importante tener presente que las condiciones para donar órganos y tejidos difieren unas de otras.
Dadas las condiciones específicas para que pueda efectivizarse, la donación de órganos es posible sólo en 5 de cada 1000 fallecimientos.
Los órganos que se trasplantan en Argentina son: riñón, hígado, corazón, pulmón, páncreas e intestino; y los tejidos: córneas, piel, huesos, válvulas cardíacas. En ambos casos, los trasplantes se efectúan a partir de donantes fallecidos.
Un operativo de donación de órganos es una carrera contra reloj. En ella participan hasta 150 profesionales que asumen el compromiso de concretar la voluntad del donante y la esperanza de los pacientes en lista de espera.
¿Toda persona fallecida puede ser donante de órganos?
La donación depende de las características del fallecimiento. Llegado el momento, los médicos determinan cuales son los órganos y/o tejidos aptos para trasplante. Para poder donar órganos, la persona debe morir en la terapia intensiva de un hospital. Sólo así puede mantenerse el cuerpo artificialmente desde el momento del fallecimiento hasta que se produce la extracción de los órganos. En el caso de las córneas, pueden extraerse en el domicilio donde se produjo el deceso o en la sala velatoria.
¿Se pueden donar órganos en vida?
Sólo ante una necesidad extrema, frente a la falta de donantes cadavéricos, se plantea la posibilidad del donante vivo, debiendo existir un vínculo familiar de acuerdo a la legislación vigente. Esta alternativa se refiere únicamente al caso trasplantes renales y hepáticos. El órgano más común que se dona en vida es el riñón, ya que una persona puede sobrevivir con un solo riñón en funcionamiento. Parte del hígado también puede ser trasplantado. La donación de órganos entre familiares está permitida exclusivamente cuando se estima que no afectará la salud del donante y existan perspectivas de éxito para el receptor.
¿Cómo se puede manifestar la voluntad respecto a la donación de órganos?
Para manifestar la voluntad afirmativa o negativa en todo el país, toda persona mayor de 18 años lo puede manifestar por cualquiera de los siguientes medios:
- Firmar un acta de expresión en el Incucai, en los organismos jurisdiccionales de ablación e implante, o en la sección Documentación de la Policía Federal.
- Asentarlo en el Documento Nacional de Identidad en las oficinas del Registro Civil.
De no existir manifestación expresa, la Ley de Trasplante presume que la persona es donante. En esos casos, el organismo responsable solicita a la familia su testimonio sobre la última voluntad del fallecido.
Fuente: Ministerio de Salud – Presidencia de la Nación (Argentina) http://www.msal.gob.ar/index.php/component/content/article/48-temas-de-salud-de-la-a-a-la-z/333-donacion-de-organos#sthash.EE90Z5mY.dpuf