La República tiene su Carta Magna

“Pueblo donde la libertad es efecto de las leyes y las leyes son sagradas, por fuerza es pueblo libre”. Juan MontalvoLa Primera Constitución de Ecuador aparece en 1830, cuando el país se desligó de la Gran Colombia y formó una república independiente. Se hizo necesario, entonces, contar con una Ley de Leyes que norme la forma de gobierno que asumiría y cómo serían las relaciones del Estado con el ciudadano.

En estas montañas se produce la Batalla de Pichincha.

¿Qué es una constitución?

La constitución es la ley fundamental de un Estado soberano, establecida o aceptada como guía para su gobernación, y puede ser escrita u oral. Su objetivo es establecer los límites y definir las relaciones entre los tres poderes del Estado: legislativo, ejecutivo y judicial, y garantizar los derechos ciudadanos. Casi la totalidad de los países poseen constituciones escritas.

¿Sabías qué...?
La Constitución de 1830 en Ecuador contiene el Preámbulo, 75 artículos, divididos en 9 títulos, 2 artículos transitorios y la Disposición Final.

República: Estado y ciudadanos

La República es un sistema político fundamentado en el poder de la constitución y la igualdad ante la ley. En ella se respetan los derechos de los ciudadanos y las libertades civiles y se escogen los gobernantes bajo el principio de legitimidad y soberanía.

Constitución y república

Las repúblicas requieren, para su funcionamiento, de las constituciones, ya que debe existir una norma jurídica que regule aspectos esenciales como la forma de gobierno, el mecanismo para su elección, las personas con derecho al voto, la definición de ciudadano y sus derechos y obligaciones con relación al Estado, así como otros aspectos esenciales para mantener la soberanía.

La gran Colombia

Con la unión, en 1819, de Ecuador a Colombia y Venezuela se conformó la Gran Colombia. Once años después se separó Guayaquil y se formó y consolidó la República de Ecuador, mediante su anexión a Quito y Cuenca. Para ello fue necesario conformar una Asamblea Constituyente y elaborar la carta magna que regiría los destinos de la naciente República del Ecuador.

Bandera de Guayaquil.

1830: La nueva República

Lo que es el actual territorio de Ecuador formaba parte del Distrito Sur de la Gran Colombia, que se separó y conformó el nuevo país. En la ciudad de Riobamba, por espacio de 45 días, se reunió el Congreso Constituyente, que inició sus funciones a partir del 14 de agosto, con la presencia de 21 diputados, o sea siete representantes por cada uno de los departamentos que conformaron el territorio (Cuenca, Guayaquil y Quito).

Una Constitución efímera

La primera Constitución de Ecuador o Constitución de 1830 tuvo una duración corta: fue sustituida por la de 1835.

Bandera de la República de Ecuador.

Juan José Flores

La principal figura en todo este proceso lo constituyó Juan José Flores, natural de Puerto Cabello, en Venezuela, nacido el 19 de julio de 1800. Desde muy joven se vinculó a la figura de Simón Bolívar, al que le demostró confianza extrema. Entró al ejército español a la temprana edad de 15 años, pasando luego a servir en las filas insurrectas por la causa de la libertad. Se destacó en la Batalla de Tarqui, donde obtuvo el grado de general de división. Murió el primero de octubre de 1864, en la isla Puná, perteneciente al territorio actual de Guayaquil.

Un mérito de Flores

En el año 1832, bajo el gobierno de Juan José Flores se incorporan las Islas Galápagos al territorio de Ecuador, que se conservan como parte de la nación hasta el momento.

La primera Constitución

La primera constitución de Ecuador se aprobó en la Asamblea Constituyente que sesionó en la ciudad de Riobamba, entre los días 14 de agosto y 11 de septiembre de 1830, fecha en que se promulgó la Carta Magna. Los criterios fueron encontrados y las discusiones se prolongaron al debatir temas controversiales como la forma que tendría el gobierno, las características y requisitos para ser elegido presidente, los ciudadanos que tendrían derecho al voto y la relación del Estado con la Iglesia.

¿Sabías qué...?
La inestabilidad política del Ecuador ha sido la causa de la existencia de 20 constituciones en su historia republicana.

En el nombre de Dios

La nueva constitución adoptada se inició con un Preámbulo en el que se invocó a Dios, como autor y legislador de la sociedad. Su artículo 8 expresó textualmente:

“La Religión Católica, Apostólica y Romana es la Religión del Estado. Es un deber del Gobierno, en ejercicio del patronato, protegerla con exclusión de cualquiera otra”.

La forma de Gobierno

La nueva República significó un logro en la conformación del Estado Nacional, al agrupar bajo una misma bandera los departamentos de Azuay, Guayas y Quito, con lo que se consolidó la unidad política y territorial de una nación que perdura hasta la actualidad. El Estado de Ecuador, mediante el Artículo 2 de la Constitución, formó parte de la República de Colombia. El Gobierno adoptó las características de popular, representativo, alternativo y responsable.

Nacionalidad y ciudadanía

Para los legisladores y según el Artículo 9, se consideraron ciudadanos ecuatorianos:

  1. Los nacidos en el territorio y sus hijos.
  2. Los naturales de los otros Estados de Colombia, avecindados en el Ecuador.
  3. Los militares que estaban en servicio del Ecuador al tiempo de declararse en Estado independiente.
  4. Los extranjeros, que eran ciudadanos en la misma época.
  5. Los extranjeros, que por sus servicios al país obtengan carta de naturaleza.
  6. Los naturales, que habiéndose domiciliado en otro país, vuelvan y declaren ante la autoridad que determine la ley, que desean recuperar su antiguo domicilio.

La Constitución, en este y en otros aspectos, siguió los principios esbozados en la Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano, que resultó de la Revolución Francesa.

Las elecciones

Las elecciones adoptaron la forma de la representatividad, o sea los elegidos en los diferentes cantones concurrirían a la Asamblea Provincial, siendo elegidos por un período de cuatro años. Las diferentes Asambleas eligen a los Diputados de las Provincias y los suplentes.

La división de poderes

La nueva nación surgió bajo el principio de la división de poderes. Se conformó un poder ejecutivo, con un Jefe de Estado, denominado Presidente del Estado del Ecuador, elegido por un periodo de cuatro años; el Vice-Presidente; los ministros de Estado, de Hacienda y de Guerra y Marina y el Consejo de Estado, que auxiliaría al Presidente en la administración y estaría compuesto por el Vice-Presidente, el Ministro Secretario, el Jefe de Estado Mayor General, un Ministro de la Alta Corte de Justicia, un eclesiástico respetable y tres vecinos de probada conducta.

El poder legislativo, estaría compuesto por el Congreso de Diputados (10 por cada departamento, hasta que se definiera si este número sería fijo o dependería de la cantidad de habitantes).

Por su parte, el poder judicial, regulado en el Título V de la Carta Magna, que en su Sección I estableció lo relativo a las Cortes de Justicia, las Cortes de Apelación y los demás tribunales y juzgados.

División de poderes: El poder judicial.

Requisitos para ser elector

1. Ser sufragante parroquial.

2. Haber cumplido veinticinco años.

3. Ser vecino de una de las parroquias del Cantón.

4. Gozar de una renta anual de doscientos pesos que provenga de bienes raíces, o del ejercicio de alguna profesión o industria útil.

Artículo 33

Requisitos para ser Presidente:

1. Nacer en Ecuador o ser colombiano al servicio del país al tiempo de declararse Estado independiente, prestando al Estado del Ecuador grandes servicios, casado con una ecuatoriana de nacimiento y que tenga propiedades raíces valoradas en más de treinta mil pesos.

2. Tener treinta años de edad.

3. Gozar de reputación general por su buena conducta.

Libertad de expresión

El artículo 64 se refirió a que todo ciudadano puede expresar y publicar libremente sus pensamientos por medio de la prensa, respetando la decencia y moral pública, y sujetándose siempre a la responsabilidad de la ley.