Sistemas de gobierno

Se llama gobierno a la autoridad investida con los poderes del Estado que rige políticamente una nación, para dirigirlo y administrarlo.

Se puede considerar al gobierno como un gran administrador colectivo.

El gobierno se erige como instancia suprema en la administración del Estado, conformándose con un conjunto de funcionarios públicos encargados de regirlo y administrarlo. Puede decirse, entonces, que el gobierno es un gran administrador colectivo. Para garantizar la eficiencia e impedir la arbitrariedad en el ejercicio del poder, existe la división según las funciones. El legislativo se ocupa de legislar, el ejecutivo de llevar a la práctica y el judicial de velar por el cumplimiento de las leyes. De esta manera se busca el equilibrio con el control de uno a los otros. Pero aunque estén vinculados por el elemento poder, no es lo mismo gobierno que Estado. Mientras el gobierno es pasajero, transitorio, el Estado permanece.

¿Sabías qué...?
La democracia nació en Atenas entre los siglos VI y V antes de Cristo.

GOBIERNO Y ESTADO

El concepto sistema de gobierno o forma de gobierno refiere a la manera en que se ejerce el poder y a cómo se designan los gobernantes. Este concepto suele confundirse con el de forma de Estado, concepto que atiende principalmente a la estructura del poder del cual el Estado es titular y a su distribución espacial.

Los Estados pueden tener estructuras semejantes y estar regidos por formas de gobierno distintas, o a la inversa. Los ejemplos echan luz sobre la cuestión: Existen Estados federales que tienen estructuras similares como Estados Unidos y Alemania, pero con diferentes formas de gobierno, el primero presidencialista y el otro parlamentario; así como también podemos encontrar Estados con estructura diferente, como México que es federal y Chile que es unitario, pero con forma de gobierno semejante, ya que los dos son presidencialistas.

El poder político debe estructurarse para poder así ejercer su autoridad en el Estado y coordinar a las instituciones que lo conforman, generando los mecanismos de regulación requeridos de acuerdo a la forma de gobierno de que se trate. Así se constituyen modelos políticos que varían según el Estado o la época histórica. Estos modelos argumentan su instrumentación en motivos estructurales vinculados al territorio, la historia, la cultura, las creencias religiosas; o coyunturales, como las crisis económicas, peligros de diversa índole, guerras, pero que en definitiva siempre implican la aplicación de un proyecto ideológico.

CLASIFICACIÓN

El criterio para clasificar las formas de gobierno ha ido cambiando a través de la historia. Los primeros estudios destacados sobre el gobierno los realizaron los griegos. Un repaso breve permite ver cómo se ha ido modificando la visión sobre el tema.

Antigüedad

Platón (filósofo griego, 427-347 a. C.) consideraba dos forma de gobierno, la perfecta o aristocrática, que era el gobierno de los filósofos; la imperfecta o degenerada, que era el gobierno oligárquico o de unos pocos, la timocracia o gobierno de los propietarios, y la democracia, en la que gobiernan las masas.
Aristóteles (filósofo griego, 384 a. C. – 322 a. C) mezclaba el criterio numérico con el cualitativo para clasificar en formas puras (monarquía, aristocracia, democracia) y formas impuras (tiranía, oligarquía, demagogia).

Renacimiento

Nicolás Maquiavelo (estadista florentino, 1469-1527) reconocía sólo dos formas, la republicana y el principado, en tanto recomendaba un sistema mixto.

Ilustración

Montesquieu (filósofo francés, 1689-1755) modifica la clasificación aristotélica con la distinción entre monarquía, despotismo y república; y dentro de ésta entre democracia y aristocracia.
Rousseau (filósofo ginebrino, 1712-1778) distinguía entre democracia, aristocracia y monarquía, como Aristóteles, pero entendía que se confundían en el ejercicio.

Actualidad

En la actualidad prima el criterio que considera la existencia de tres formas básicas:

La monarquía
El máximo poder del Estado es ejercido por un rey, príncipe o emperador cuyo cargo es vitalicio (lo ejerce de por vida) y hereditario (lo hereda por tradición familiar de la dinastía o familia de reyes a la que pertenece).

Esta forma de gobierno tiene a su vez dos variantes:
Absoluta: El soberano ejerce de manera absoluta los poderes del Estado.
Constitucional: De acuerdo a lo dispuesto por la ley máxima, el monarca comparte responsabilidades con otros órganos que colaboran en el ejercicio del poder. Tal es el caso de países como Reino Unido, Dinamarca, Holanda, Noruega, España, Japón y Bélgica.

La autocracia
Se trata de gobiernos arbitrarios ejercidos por grupos reducidos de personas o por un partido político. Se clasifican a su vez en:
Totalitarios: El poder está concentrado en el aparato estatal, y es utilizado para controlar a la población. Se organiza por lo general a través de un partido único consustanciado con el Estado y que no acepta disidencias. La historia contemporánea tiene por ejemplo el fascismo italiano, el nazismo alemán y el comunismo soviético.
Autoritarios: El poder limita la existencia del pluralismo circunscribiéndolo a aquellas expresiones que son afines a sus principios. Es un régimen de libertades limitadas.

La democracia
Democracia es el gobierno del pueblo. El origen mismo de la palabra la define así; viene del griego, demos significa pueblo y kratos, gobierno; gobierno del pueblo.
En este sistema todos los miembros de la comunidad tienen derecho a participar en los asuntos públicos, tanto en la gestión como en la dirección.

La prestigiosa Enciclopedia Británica la define así:

Forma de gobierno en la que el poder supremo se confiere al pueblo y es ejercido por él directa o indirectamente, a través de un sistema de representación que comporta elecciones libres y periódicas. En una democracia directa, el pueblo participa en el gobierno (como en algunas CIUDADES ESTADO de la Antigua Grecia, algunos CONSEJOS MUNICIPALES DE VECINOS como en Nueva Inglaterra y en algunos CANTONES en la Suiza moderna). Actualmente la mayoría de las democracias son representativas, concepto que surgió en gran medida de ideas e instituciones que se desarrollaron en la Edad Media europea, en la Ilustración y en las revoluciones americana y francesa. La democracia ha llegado a significar sufragio universal, competencia por el poder, libertad de expresión y prensa, y el imperio de la ley.

Sus características principales son las siguientes:

– Existencia de un estado de derecho.
– Gobierno de las mayorías con acompañamiento crítico de las minorías.
– Pluripartidismo político y pluralismo ideológico.
– Elecciones periódicas libres.
– Uso de métodos pacíficos en la solución de los conflictos.
– Alto grado de participación ciudadana.

A su vez este sistema permite la siguiente sub-clasificación:

• República democrática presidencial: El jefe del Estado y del gobierno es el presidente electo por el voto popular. Él elige a los miembros de su gabinete, los ministros que lo asisten en la gestión. La división de poderes es marcada.
• República democrática parlamentaria: El ejecutivo lo ejerce un monarca o presidente, quien se hace cargo de la jefatura de Estado, en tanto un primer ministro es la cabeza del gobierno y rinde cuentas al Parlamento. Cuando el Parlamento les retira su confianza, puede llegar a removerlos en su cargo. Estos regímenes pueden a su vez clasificarse en:
Monárquicos si el jefe de Estado es un rey o príncipe.
Republicanos si el jefe de Estado es un ciudadano electo.

Teocracias

Se trata de los Estados cuya autoridad política es ejercida por la autoridad religiosa. En estos casos la legislación queda supeditada a los preceptos que rigen la religión de que se trate, como ocurre con la sharia2 en el mundo islámico o el derecho canónico3 en el Vaticano. Pueden darse de tal manera que las formas se combinen, como en el caso de Irán, con un régimen presidencialista teocrático.

2 Cuerpo de Derecho Islámico
3 Ordenamiento jurídico de la Iglesia Católica

LA FORMA Y EL NOMBRE

Muchos Estados han optado por incorporar a su nombre oficial una referencia a la forma de gobierno o su estructura territorial. En realidad este agregado no define por sí el régimen político del Estado que nombra. Como ejemplos se pueden citar: Emiratos Árabes Unidos o República Islámica de Irán, República del Perú, Reino de España, Estados Unidos Mexicanos, República Bolivariana de Venezuela, Principado de Andorra, Gran Ducado de Luxemburgo, Federación Rusa, República Federal de Nigeria, República Popular Democrática de Corea. Contabilizando los casi doscientos estados nacionales que existen, apenas dieciocho no agregan palabra más a su nombre geográfico, como ocurre con Jamaica; mientras que once sólo indican que son “estados”. La forma más común es “república”, con 132 casos de muy distinto tipo. Las monarquías son 33 (18 de ellas “reinos”).

El derecho de las minorías

¿Qué significa la expresión «derecho de las minorías»? Particularmente, comprende dos conceptos bien distintos: en primer lugar, los derechos normales individuales tales como se aplican a miembros de minorías raciales, étnicas, de clase, religiosas, lingüísticas o sexuales; por otro lado, los derechos colectivos que se le conceden a los grupos minoritarios. Ahora bien, la expresión también se puede utilizar para referirse a los derechos individuales de toda persona que no es parte de una decisión de la mayoría. Por ello mismo, la búsqueda de una definición ampliamente aceptada presenta dificultades.

CONCEPTO

La Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías se refiere en su artículo 1º a las minorías sobre la base de su identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística, y dispone que los Estados protejan su existencia. No hay ninguna definición internacionalmente acordada sobre qué grupos constituyen minorías. Muchas veces se subraya que la existencia de una minoría es una cuestión de hecho y que toda definición ha de incluir tanto factores objetivos (como la existencia de una etnia, de un lenguaje o de una religión compartidos) como factores subjetivos (en particular, que las personas de que se trate han de identificarse a sí mismas como miembros de una minoría).

El término «minoría», como se utiliza en el sistema de las Naciones Unidas en relación con los derechos humanos, se refiere generalmente a las minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas. Todos los Estados tienen en sus territorios nacionales uno o varios grupos minoritarios caracterizados por su propia identidad nacional, étnica, lingüística o religiosa, que difiere de la identidad de la población mayoritaria.

La Declaración de Durban de 2001 afirma que «debe protegerse la identidad étnica, cultural, lingüística y religiosa de las minorías, cuando las haya», y que «las personas pertenecientes a esas minorías deben ser tratadas en pie de igualdad».

Según la definición dada en 1977 por Francesco Capotorti, Relator Especial de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, una minoría es:

Un grupo numéricamente inferior al resto de la población de un Estado, que se encuentra en una posición no dominante y cuyos miembros, que son nacionales del Estado, poseen características étnicas, religiosas o lingüísticas diferentes de las del resto de la población y manifiestan, aunque sólo sea implícitamente, un sentimiento de solidaridad para preservar su cultura, sus tradiciones, su religión o su idioma.

Aunque muchas veces se ha criticado el criterio de la nacionalidad incluido en esta definición, el requisito de que la minoría se encuentre en una posición no dominante continúa siendo importante.

BREVE ANÁLISIS

Los esfuerzos de los grupos no dominantes por preservar sus diferencias culturales, religiosas o étnicas se iniciaron con la conformación de los primeros Estados-nación, hacia los siglos XVIII y XIX. Ahora bien, el reconocimiento y la protección de los derechos de las minorías comenzaron ya en la Sociedad de las Naciones, con la adopción de varios «tratados sobre las minorías». Las Naciones Unidas establecieron también gradualmente cierto número de normas, procedimientos y mecanismos en relación con las minorías.

Sede principal de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en Nueva York.
Durante los conflictos es cuando evidentemente corre mayor riesgo la integridad física de las personas pertenecientes a grupos minoritarios; se debe velar entonces por que las minorías tengan acceso a ayuda y socorro humanitarios.

En particular, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 1966, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías, de 1992, reconocen y protegen los derechos de las personas pertenecientes a minorías. No obstante, en la práctica, esos derechos distan mucho de poder ejercerse realmente.

Las minorías frecuentemente son víctimas de conflictos armados y de luchas internas en todo el mundo. Es motivo de especial preocupación la situación de los refugiados y de las personas pertenecientes a minorías, en particular las mujeres y los niños, desplazados en su propio país. Las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas son víctimas de múltiples discriminaciones y pueden carecer de acceso a, entre otras cosas, una vivienda adecuada, la tierra, la propiedad e incluso la nacionalidad.

Campo de concentración de Auschwitz, en Polonia. Allí se llevaron a cabo los actos más aberrantes contra la población judía durante la Segunda Guerra Mundial.

Basándose en la experiencia de las comunidades minoritarias de todo el mundo, así como en la Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías y en otras normas internacionales relativas a los derechos de las minorías, se puede señalar que los principales motivos de preocupación son los siguientes: la supervivencia y la existencia, la promoción y la protección de la identidad de las minorías, la igualdad y la no discriminación, y la participación efectiva y útil.

No obstante, todas las medidas encaminadas a la protección de las minorías deben centrarse primordialmente en la protección de la existencia física de las personas pertenecientes a minorías, y particularmente en su protección contra el genocidio y contra los crímenes de lesa humanidad.

LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS MINORÍAS

En 1992 la Asamblea General aprobó por consenso la Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías (resolución 47/135). La Declaración, que es el principal documento de consulta en lo que se refiere a los derechos de las minorías, concede a las personas pertenecientes a minorías lo siguiente:

• La protección, por los Estados, de su existencia y de su identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística;
• El derecho de disfrutar de su propia cultura, de profesar y practicar su propia religión y de utilizar su propio idioma en privado y en público;
• El derecho de participar efectivamente en la vida cultural, religiosa, social, económica y pública;
• El derecho de participar efectivamente en la adopción de las decisiones que las afecten a nivel nacional y regional;
• El derecho de establecer y mantener sus propias asociaciones;
• El derecho de establecer y mantener contactos pacíficos con otros miembros de su grupo y con personas pertenecientes a otras minorías, tanto dentro de su propio país como a través de las fronteras estatales, y
• La libertad de ejercer sus derechos, tanto individualmente como en comunidad con otros miembros de su grupo, sin discriminación.

Los Estados han de proteger y promover los derechos de las personas pertenecientes a minorías exigiendo que se preste particular atención a cuestiones tales como el reconocimiento de la existencia de las minorías; que se trate de garantizar sus derechos a la no discriminación y a la igualdad; que se promueva la educación multicultural e intercultural en los planos nacional y local; que se promueva su participación en todos los aspectos de la vida pública; que se tengan en cuenta sus inquietudes en los procesos de desarrollo y en la lucha contra la pobreza; que se tomen en consideración las disparidades existentes en indicadores sociales tales como los relativos al empleo, a la salud y a la vivienda, y que se tenga en cuenta la situación de las mujeres y las preocupaciones especiales relativas a los niños pertenecientes a minorías.

En la actualidad es importante elaborar propuestas para la eliminación de la discriminación racial y la xenofobia; el pueblo africano es uno de los grupos que más padecen este flagelo.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y en particular su artículo 27, inspiró el contenido de la Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías. Ese artículo dispone lo siguiente:

En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión y a emplear su propio idioma.

Ese artículo protege los derechos de las personas pertenecientes a minorías a su identidad nacional, étnica, religiosa o lingüística, o a una combinación de tales modalidades de esa identidad, y a preservar las características que deseen mantener y desarrollar. Aunque el artículo se refiere a los derechos de las minorías en los Estados en que existan, su aplicación no depende de que el Estado reconozca oficialmente a una minoría. Los Estados que han ratificado el Pacto están obligados a hacer que todas las personas sometidas a su jurisdicción disfruten de sus derechos; esto puede exigir la adopción de medidas específicas para corregir las desigualdades a las que estén sometidas las minorías.

Lenguajes de mapas

Desde tiempos muy antiguos, el ser humano ha empleado mapas con la intención de entender el mundo que lo rodea y poder ubicarse. En la actualidad, gracias al avance tecnológico, es posible elaborar mapas más precisos y detallados de los terrenos.

¿Qué son los mapas?

Son representaciones gráficas de un territorio. Por lo general se representan de forma bidimensional pero también puede encontrarse de forma esférica en los globos terráqueos y en modelos 3D.

Una de las características esenciales de todo mapa es su exactitud, por lo cual, debe poseer propiedades métricas a escala para permitir relacionar lo que representan con el mundo real. Toda distancia, ángulo o superficie denotada en un mapa debe cumplir con este principio.

Las imágenes satelitales han contribuido en el desarrollo de mapas cada vez más precisos.
La cartografía

Es la disciplina que se encarga de estudiar y producir mapas y cartas cartográficas con el propósito de representar gráficamente regiones de la Tierra.

Elementos de un mapa

Los mapas pertenecen a una forma de comunicación que emplea una serie de símbolos y nomenclaturas que permiten comprender amplias regiones de Tierra en una pequeña porción de papel u otro material. Es por ello que es importante comprender los elementos más importantes de cualquier mapa:

  1. Título del mapa: indica el objeto de estudio que se trata en el mapa. El título debe expresar con claridad el tema que se representa (relieve, distribución demográfica, precipitaciones, etc.). De igual forma, el título debe indicar el recorte espacial, es decir, la zona (continente, país, municipio, etc.) que se representa. Los títulos también pueden indicar el recorte temporal (un período de tiempo) especialmente en los temas relacionados con actividades humanas que pueden cambiar de forma rápida.
  1. Leyenda: presenta la codificación expresada en el mapa, es decir, explica la simbología usada.
La leyenda de un mapa indica la simbología usada en el mismo.
  1. Escala: señala la proporción que existe entre la medida del mapa y la de del terreno real. De esta manera, el lector puede tener una referencia a escala del territorio representado en el mapa. Las escalas pueden representarse de forma explícita cuando se indica por ejemplo, 1 cm = 100 km; de forma numérica cuando se muestra la fracción matemática como por ejemplo, 1/10.000 y de forma de regla graduada.
  1. Referencia de orientación: permite conocer la dirección de los elementos del mapa. Por convencionalismo se suele usar una rosa de los vientos para señalar la ubicación de los puntos cardinales, sin embargo, la orientación puede mostrarse de diversas formas según la persona que elabore el mapa.
La rosa de los vientos se emplea en los mapas desde tiempos muy antiguos y su origen puede remontarse a la navegación.
  1. Coordenadas geográficas: es un sistema de referencia ideado para ubicar con exactitud un lugar en el mundo en función a la longitud y latitud.

Símbolos de un mapa

La nomenclatura y simbología usada en los mapas es muy diversa y varía de acuerdo al tipo de mapa, algunos ejemplos son carreteras, ríos y espacios urbanos, entre otros. De igual forma también se emplean diferentes colores y tonalidades para representar algún elemente como la profundidad oceánica o las elevaciones topográficas. Por esta razón es importante que la leyenda del mapa sea lo más clara posible para evitar confundir al lector al momento de interpretar el mapa.

Tipos de mapas

Existen varios tipos de mapas, los más comunes son:

Mapa físico

Representa la parte geográfica de una zona o región, en este mapa se puede encontrar información sobre el relieve, los valles, ríos, montañas y demás accidentes geográficos. En algunos casos a través de colores se puede señalar las diferencias de altura.

Los mapas físicos señalan los elementos geográficos de un terreno.

Mapa político

Representa de forma gráfica cómo se dividen políticamente los países, estados, municipios, etc. Estos mapas son de los más usados porque permiten conocer límites entre localidades, además indican las ciudades o capitales de mayor relevancia. También se pueden señalar los principales ríos y montañas.

Los mapas políticos indican las divisiones imaginarias que existen entre países, estados, municipios y demás localidades.

Otros mapas

  • Mapa geológico
  • Mapa de suelo
  • Mapa hidrográfico
  • Mapa urbano
  • Mapa topográfico

Importancia de los mapas

Desde siempre el hombre ha necesitado conocer el lugar en donde vive y por eso ha representado por escrito su entorno de forma más precisa a medida que las tecnologías evolucionaban. Como se mencionaba anteriormente, existen varios tipos de mapas que permiten usarlos en muchos áreas. Por ejemplo, los mapas geológicos permiten a los especialistas identificar fallas en el terreno, los mapas de suelo permiten identificar las mejores áreas de cultivo y los mapas topográficos permiten predecir el comportamiento de una inundación.

Muchas de las actividades que a veces ignoramos como el desarrollo urbano emplean mapas para la consecución de proyectos como instalaciones de redes de agua o de gas. Por esta razón, la importancia de los mapas es incalculable en el desarrollo de nuestra sociedad.

Los mapas geológicos permiten identificar fallas.