Trata de personas

La trata de personas es uno de los delitos más infames que existen, pues priva la dignidad de hombres, mujeres y niños en todo el mundo. Estos son engañados y luego sometidos a situaciones de explotación. Si bien existen muchas formas de trata, un aspecto es consistente: el abuso de la vulnerabilidad propia de las víctimas.

Según las Naciones Unidas, cada vez más se detectan y reportan víctimas de trata en el mundo.

¿QUÉ ES LA TRATA DE PERSONAS?

El Protocolo de Palermo define la trata de personas como:

“la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”.

El Protocolo de Palermo establece una distinción entre la trata de niños (menores de 18 años) y la trata de adultos.

De esta definición se desglosan los siguientes elementos:

  1. Actividades: captación, transporte, traslado, acogida o recepción de una persona
  2. Medios: fuerza, engaño, rapto, coacción, fraude, amenazas, abuso de poder o situación de vulnerabilidad
  3. Finalidad: explotación, incluida la explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos
Protocolo de Palermo

Oficialmente llamado Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, es un instrumento de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Entró en vigor el 25 de diciembre de 2003 y ha sido ratificado por 176 Estados hasta 2020.

​El protocolo tiene como finalidad:

  • Prevenir y combatir la trata de personas, prestando especial atención a las mujeres y los niños.
  • Proteger y ayudar a las víctimas de dicha trata, respetando plenamente sus derechos humanos.
  • Promover la cooperación entre los Estados Parte para lograr esos fines.

TIPOS DE TRATA DE PERSONAS

Según la Organización Internacional de Policía Criminal, mejor conocida por sus siglas en inglés INTERPOL, existen diversos tipos de tratas de personas:

1. Trata de personas para someterlas a trabajo forzado

El Convenio sobre el trabajo forzoso define esta práctica como “todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente”.

Las víctimas de esta forma de trata son captadas y sometidas por medio de engaño y coacción, en condiciones de esclavitud para realizar trabajos en sectores como la agricultura, la minería, la pesca o la construcción, junto a servidumbre doméstica u otros trabajos en los que se emplea la intensivamente la mano de obra.

Convenio sobre el trabajo forzoso

El Convenio relativo al trabajo forzoso u obligatorio es un convenio fundamental de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). En este, los Estados ratificantes se comprometen a prohibir el uso de trabajo forzoso.

2. Trata de personas para realización de actividades delictivas forzosas

Las víctimas de esta trata son forzadas a realizar diversas actividades ilegales que, al mismo tiempo, generan grandes beneficios económicos. Esas actividades incluyen el robo, el cultivo de droga, y la venta de mercancías ilícitas.

3. Trata de mujeres para su explotación sexual

Esta forma de trata es una de las más frecuentes en el mundo. Consiste en embaucar a mujeres y niños bajo la promesa de buenos empleos si se marchan de su casa y viajan. Estas víctimas, por lo general, reciben falsa documentación y bajo una red organizada son transportadas la país destino donde finalmente son sometidas a explotación sexual, amenazas y condiciones inhumanas.

4. Trata de personas para la extracción de órganos

Los tratantes se aprovechan de la desesperación de los pacientes en espera por trasplantes de órganos para lucrarse. La vida de las víctimas se pone en riesgo, ya que las operaciones se realizan generalmente de forma clandestina sin seguimiento médico.

5. Tráfico de personas

Consiste principalmente en el tráfico ilegal de migrantes, quienes son víctimas de trabajos forzosos durante el trayecto de viaje. Los traficantes, por lo general, obligan a los migrantes a trabajar bajo condiciones inhumanas con el objetivo y la justificación de pago de su paso ilegal entre fronteras.

Hacia 1919, niños varones del Camerún alemán fueron forzados a salir de sus aldeas para ser explotados y obligados a hilar algodón.

INFORME MUNDIAL

La UNODC presentó en 2018 el Informe mundial sobre la trata de personas, el cuarto de su tipo según exigencias de la Asamblea General por medio de acción mundial de las Naciones Unidas de 2010 para combatir la trata de personas. Los datos más importantes son los siguientes:

  • Los traficantes se dirigen principalmente a las mujeres y las niñas.
Víctimas de trata de personas detectadas en el mundo. La mayoría son mujeres, principalmente mujeres adultas, pero también cada vez más niñas.
  • En Sudamérica, la mayoría de las víctimas son mujeres. 
Víctimas de trata de personas detectadas e Sudamérica. La mayoría son mujeres y niñas.
  • La trata con fines de explotación sexual es la forma más detectada de trata de personas en el mundo.
Principales formas de explotación y perfiles de las victimas detectadas por subregión en 2016.
¿Sabías qué...?
Según este informe, en Bolivia y Perú se detectaron más niños y niñas víctimas que adultos.
  • La mayoría de las víctimas detectadas en América del Sur fueron trasladadas con fines de explotación sexual.
Porcentaje de víctimas de la trata detectadas en América del Sur por formas de explotación.
  • La mayoría de los tratantes en América del Sur son hombres.
Alrededor de dos tercios de las personas detenidas, enjuiciadas o condenadas por trata en América del Sur en 2016 fueron hombres.
  • Entre 2014 y 2017, víctimas de América del Sur fueron detectadas o repatriadas principalmente en países de América del Sur.
Destino de las corrientes de trata procedentes de América del Sur.
Día Internacional

En 2013, la Asamblea General de las Naciones Unidas designó el 30 de julio como el Día Mundial contra la Trata de Personas. Esto con el fin de “concienciar sobre la situación de las víctimas del tráfico humano y para promocionar y proteger sus derechos”.

Datos de impacto

Según las Naciones Unidas:

  • La trata de personas afecta prácticamente a todos los países, ya sea como punto de origen, tránsito o destino, y se ha informado de que en 137 Estados se ha explotado a víctimas de por lo menos 127 países
  • La trata de personas es uno de los negocios ilícitos más lucrativos en Europa, donde los grupos criminales obtienen unos beneficios de 3 mil millones de dólares al año, por lo que es un negocio considerable que se abastece de la población mundial más marginalizada.
  • En Europa, unas 140.000 mujeres se encuentran atrapadas en una situación de violencia y degradación por motivos de explotación sexual, y una de cada siete trabajadoras sexuales han sido esclavizadas en la prostitución a consecuencia de la trata de personas.
  • De manera global, una de cada cinco víctimas son niños, aunque en las regiones y subregiones más pobres, como en África y el Gran Mekong, conforman la mayoría de las personas traficadas. Por su parte, las mujeres equivalen a dos tercios de las víctimas de la trata de personas en el mundo.

Contrabando de migrantes

Cada año, millones de personas huyen de sus países de origen con la esperanza de una mejor vida. La delincuencia organizada transnacional está al tanto de esta situación y se aprovecha de la desesperación de estas personas: facilitan su paso fronterizo, sin ningún respeto por su bienestar, a cambio de dinero.

¿Qué es el contrabando de migrantes?

El Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes define el contrabando de migrantes como “la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material”.

El contrabando o tráfico ilícito de migrantes afecta a todas las regiones del mundo.

Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes

El Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional aporta a los Estados miembros un instrumento para luchar y prevenir el contrabando de seres humanos.

El propósito del protocolo es prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes, así como promover la cooperación entre los Estados Parte para proteger al mismo tiempo los derechos de los migrantes objeto de dicho tráfico.

Contrabando de migrantes y trata de personas: ¿es lo mismo?

Aunque tienen muchas similitudes estas prácticas no son iguales. Muchas veces es difícil distinguir entre un caso de trata de personas y un caso de contrabando de migrantes, sus principales diferencias son:

CONTRABANDO DE MIGRANTES TRATA DE PERSONAS
Consentimiento Voluntario. Irrelevante.
Propósito del delito Obtener beneficio financiero o material. Explotación de la víctima.
Transnacionalidad Requerida. No requerida.
Fuente de ganancia Facilitación de entrada o estancia irregular. Explotación de la víctima.
¿Contra qué o quién? Orden público, autoridad y disposiciones de la estado. Una persona.

 

Los grupos delictivos dedicados al contrabando de migrantes funcionan como negocios y forman redes amplias y complejas.

un negocio muy lucrativo

Las ganancias de los contrabandistas provienen de las tarifas que cobran migrantes por sus servicios. El informe de la ONUDD, llamado Estudio global sobre Tráfico ilícito de migrantes 2018, expone que, como mínimo 2,5 millones de migrantes fueron traficados ilícitamente. Hay evidencia que confirma que cada migrante paga al traficante entre 2.000 y 10.000 dólares, según el lugar de origen.

El contrabando ocurre por tierra, mar y aire. Depende de cuánto se esté dispuesto a pagar y a arriesgar el migrante.

Oferta y demanda

El contrabando de migrantes, así como otros mercados delictivos transnacionales, es conducido por la demanda y la oferta de servicios ilegales para eludir las regulaciones ya existentes. Los contrabandistas preparados para ofrecer servicios para facilitar los cruces fronterizos irregulares representan la oferta de servicios, mientras que la demanda de migración está determinada principalmente por factores socioeconómicos, persecución, falta de seguridad o inestabilidad.

¿Qué factores determinan la demanda del contrabando de migrantes?

  • Necesidad de migrar por conflictos armados, persecución, problemas socioeconómicos u otras razones.
  • Regulaciones y restricciones de movilidad.
  • Procedimientos costosos y largos para obtener documentos de viaje regulares.
  • Comercialización y desinformación por contrabandistas.
  • Reclutamiento de contrabandistas y presión comunitaria.

¿Cuáles servicios prestan los contrabandistas?

  • Transporte, guía y escoltar durante el cruce fronterizo ilegal.
  • Alojamiento a lo largo de la ruta.
  • Planificación y contactos a lo largo la ruta.
  • Información y corrupción.
  • Documentación falsificada.

características del migrante de contrabando

Algunos de lo peligros a los que están expuestos los migrante traficados son las rutas peligrosas, los barcos atestados, el abandono y la realización forzada de actividades ilícitas.

Según el Estudio global sobre Tráfico ilícito de migrantes 2018 de la ONUDD:

  • Si bien muchos son traficados a destinos relativamente cercanos a sus países de origen, algunos se pasan de contrabando a través de regiones y continentes. Las rutas de larga distancia suelen originarse en el Cuerno de África y África occidental, la República Árabe Siria y Afganistán, y el sur y este de Asia.
  • La mayoría de los migrantes contrabandeados son hombres adultos.
  • Las condiciones socioeconómicas, la inseguridad y los desastres ambientales a menudo generan las migraciones.
  • Cada año, miles de migrantes son asesinados como resultado de actividades de contrabando.

características de los contrabandistas

La relación entre los delincuentes y los migrantes es de carácter temporal, razón por la que es difícil seguir el rastro de los traficantes.

Según el Estudio global sobre Tráfico ilícito de migrantes 2018 de la ONUDD:

  • Los contrabandistas reclutan y difunden sus servicios. Las tarifas y servicios de contrabando fluctúan de acuerdo con la seguridad de los métodos de contrabando, el distancia involucrada, la dificultad de los cruces fronterizos y la riqueza percibida de los migrantes.
  • A menudo, los contrabandistas tienen la misma ciudadanía que la de los migrantes que los trafican.
  • El contrabando es a menudo más fácil si los contrabandistas controlan el territorio donde operan. Los contrabandistas que están activos en una frontera particular son normalmente de ese territorio.
  • El contrabando puede ser realizado por profesionales a tiempo completo que trabajan en organizaciones o por individuos ad hoc.
  • Las organizaciones de contrabando están involucradas en una variedad de prácticas corruptas.

estudio global

El Estudio global sobre Tráfico ilícito de migrantes 2018 de la ONUDD indica que:

  • El contrabando de migrantes afectó por lo menos a 2,5 millones de personas.
  • Este negocio generó ganancias de 7.000 millones de dólares para los traficantes.
  • Los esquemas empleados por los traficantes incluyen matrimonios falsos, trabajos inexistentes, falsificación de documentos y, en muchos casos, cohecho de funcionarios, es decir, corrupción sistemática de las autoridades de los países parte de las rutas migratorias.
  • La demanda es especialmente alta entre los refugiados, ya que son personas que carecen de alternativas para huir de sus países y llegar a un destino seguro.
  • El Mediterráneo es la ruta donde se registran más fatalidades, con la mitad del total de muertes de migrantes.
  • Unos 6.200 migrantes murieron en su camino en 2017.
  • La ruta que más dinero genera para las redes criminales es la de Norteamérica, con alrededor de 4.000 millones de dólares, mientras que en el Mediterráneo obtienen unos 550 millones de dólares.
Principales rutas de contrabando. Fuente: ONUDD

Tráfico de drogas

El tráfico de drogas es uno de los principales exponentes de la delincuencia transnacional y del crimen organizado, lo que constituye un problema social, político y económico. La preocupación por este fenómeno suscita la atención no solamente de los Estados, sino también de diversas instituciones internacionales.

¿QUÉ ES EL TRÁFICO DE DROGAS?

Las Naciones Unidas define el tráfico de drogas como “un comercio ilícito mundial que incluye el cultivo, la fabricación, la distribución y la venta de sustancias que están sujetas a leyes que prohíben drogas”.

La promoción de estas sustancias estupefacientes y adictivas con fines lucrativos atentan contra la salud pública y socavan la estabilidad socioeconómica y política, y el desarrollo sostenible de un país.

El tráfico de drogas está asociado a otros tipos de delitos, como el blanqueo de capitales o la corrupción.
Según la Interpol, en el tráfico de drogas están implicados los agricultores, los productores, los proveedores y los traficantes.

¿Qué es la droga?

La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que el término “droga” tiene usos variados: “en medicina se refiere a toda sustancia con potencial para prevenir o curar una enfermedad o aumentar la salud física o mental (…). En el lenguaje coloquial, el término suele referirse concretamente a las sustancias psicoactivas y, a menudo, de forma aún más concreta, a las drogas ilegales”.

Tipos de drogas Ejemplos
Opiáceos Opio, morfina y heroína.
Derivados de la coca Cocaína, pasta de coca y crack.
Alucinógenos Mescalina, psílocibina, psilocin, bufoteina, ayahuascaLSD 25 y PCP o fenciclidina.
Psicofármacos Amobarbital, secobarbital, flunitrazepam, alprazolam, diazepam, y speed.
Drogas de síntesis Éxtasis, MDA y MDE.
Derivados del cannabis Marihuana, hachís y aceite de hachís.
¿Sabías qué...?
La morfina y la codeína han sido utilizadas con frecuencia en la medicina por sus propiedades analgésicas.
El opio se ha considerado desde la antigüedad como un medicamento por excelencia frente al dolor físico y psíquico. Desde el Antiguo Imperio egipcio se ha usado como analgésico y calmante.
Derivados del cannabis

Son sustancias que se extraen de la planta cannabis sativa, la cual suele alcanzar una altura de 1,5 metros. Es una planta originaria de climas templados y tropicales, se cultiva en Asia, Marruecos y diversos lugares de Sudamérica.

TIPOS DE TRÁFICO DE DROGAS

Tráfico aéreo Tráfico terrestre Tráfico marítimo
Utiliza como medio de tránsito las naves o aeronaves públicas o privadas.

Utiliza como medio de tránsito los vehículos o cualquier medio de transporte vial.

Utiliza como medio de tránsito los buques o barcos.

Ciclo económico

Los actos del ciclo económico de la droga implica:

1. Actos de producción 2. Actos de tráfico 3. Actos complementarios al tráfico
Incluye actividades de cultivo y fabricación. Incluye actividades de transmisión onerosa (venta), gratuita (donación) y los actos de intermediación del tráfico. Incluye actividades de tenencia y transporte para promover, favorecer o facilitar el consumo. También la publicidad y la formulación de ofertas.

OFICINA DE las NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO

Logo de la UNODC.

La ONUDD, o por su siglas en inglés UNODC, es una dependencia de las Naciones Unidas que lucha contra las drogas y el crimen organizado. Sus funciones radican en la investigación, la persuasión a los gobiernos para que adopten leyes contra el crimen y las drogas, y la asistencia técnica a dichos gobiernos.

La UNODC se encarga de recopilar e informar:

  • Datos sobre las tendencias de tráfico de drogas, incluidos arresto, incautaciones, precio y pureza de las drogas ilícitas presentadas por los Estados Miembros a través de los Cuestionarios de Informes Anuales (ARQ).
  • Datos sobre fabricación ilícita de sustancias controladas, incluidos datos sobre laboratorios clandestinos.
  • Datos sobre incautaciones de drogas individuales importantes según lo informado por los Estados miembros.
Día Internacional

La Asamblea General de Naciones Unidas decidió celebrar el 26 de junio de cada año el Día Internacional de la Lucha contra el Uso Indebido y el Tráfico Ilícito de Drogas.

La Administración para el Control de Drogas, mejor conocida por sus siglas en inglés DEA, es una agencia estadounidense dedicada a la lucha contra el contrabando y consumo de drogas, así como el lavado de activo tanto en EE. UU. como en el extranjero.

INFORME MUNDIAL SOBRE LAS DROGAS

El Informe Mundial sobre las Drogas es un recurso mundial de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) para las respuestas de salud y justicia penal a las drogas. Este documento anual reúne los principales datos y estudios de tendencias sobre producción, tráfico y consumo de drogas en el mundo.

Informe 2023: datos de interés

  • Los jóvenes son el grupo más vulnerable al consumo de drogas a nivel mundial.
  • El cannabis es la droga que más se consume en el mundo.
  • 296 millones de personas consumieron drogas en 2021 a nivel mundial, lo que representa un aumento del 23 % respecto a la década anterior.
  • 219 millones de personas consumieron cannabis en 2021.
  • 60 millones de personas consumieron opioides en 2021. De estas, aproximadamente 31,5 millones consumieron opiáceos, principalmente heroína.
  • 22 millones de personas consumieron cocaína en 2021.
  • 36 millones de personas consumieron anfetaminas en 2021.
  • 20 millones de personas consumieron sustancias de la familia del éxtasis en 2021, lo que equivale al 0,4 % de la población mundial.
  • El cannabis se consume mayoritariamente en América del Norte; allí, el 17,4 % de la población entre 15 a 64 años consumió esa droga en 2021.
  • Los opioides se consideran el grupo de drogas más letal. En 2021, murieron casi 90.000 personas por sobredosis de opioides en América del Norte.
  • En 2022, la producción mundial de opio ascendió a 7.800 toneladas; mientras que la fabricación de cocaína alcanzó la cifra récord de 2.300 toneladas en 2021.

algunos líderes famosos del narcotráfico

Pablo Escobar Gaviria

País: Colombia

Miembro del cártel de Medellín

Fortuna estimada: US$ 30.000 millones

 

 

También conocido como “el zar de la cocaína”, mantuvo el control del mercado internacional de drogas por más de veinte años. El 2 de diciembre de 1993 fue acorralado por las fuerzas armadas y durante su huida fue abatido por un disparo.

Joaquín Guzmán Loera

País: México

Miembro del cártel de Sinaloa

Fortuna estimada: US$11.000 millones

 

Mejor conocido como “el chapo”, fue uno de los hombres más buscados por la Interpol, la CIA y el FBI. Ha escapado de prisión en dos oportunidades y en 2017 fue extraditado a Estados Unidos, donde fue enjuiciado y sentenciado a cadena perpetua.

Amado Carrillo Fuentes

País: México

Miembro del cártel de Juárez

Fortuna estimada: US$ 25.000 millones

 

 

Apodado “el señor de los cielos”, fue socio de Pablo Escobar para trasladar cocaína hacia Estados Unidos por medio de su flota de aeronaves. Falleció en un hospital mexicano mientras se sometía a una cirugía estética, no obstante, su muerte es un enigma y se cree que aún vive.

Griselda Blanco

País: Colombia

Miembro del cártel de Medellín

Fortuna estimada: US$ 500 millones

 

 

La también llamada “la reina de la cocaína” o “viuda negra” fue pionera en el uso de mulas: personas que transportan droga dentro de su sus cuerpos. Sus tres esposos murieron y ella falleció en 2012, luego de recibir disparos en la cabeza de unos sicarios.

Rafael Caro Quintero

País: México

Miembro del cártel de Guadalajara

Fortuna estimada: US$ 500 millones

 

Fue uno de los capos más poderosos en la década de los 80 hasta su arresto en 1985. En 2013 fue puesto en libertad y en 2015 se lo declaró culpable del asesinato de Enrique Camarena, quien era un agente de la DEA. Fue recapturado en julio de 2022 por la Marina mexicana.

Khun Sa

País: Birmania

Miembro del Ejército Revolucionario Unido Shan

Fortuna estimada: US$ 5.000 millones

 

 

Llamado “el rey del opio”, creó uno de los sindicatos criminales más importantes de Asia, y se convirtió en uno de los mayores traficantes de drogas del sureste asiático. Por décadas inundó las calles de Nueva York con heroína. Falleció en 2007.

Asistencia social

El objetivo de la asistencia social es el de brindar ayuda a las personas, grupos familiares, comunidades y grupos de personas socialmente en desventaja, contribuyendo al mejoramiento de las condiciones de vida a través de un adecuado funcionamiento social que sea capaz de prevenir y evitar situaciones extremas. Esto implica la prestación de múltiples servicios básicos destinados a servir por igual a los necesitados sin pedir contribución a cambio. Por tanto, la labor de la asistencia social tiene la misión de modificar determinados aspectos del sistema social para que las personas puedan adaptarse al mismo según sus aptitudes y de acuerdo a las normas y valores del sistema.

De acuerdo a estos objetivos, entre las prestaciones que brinda se encuentra la asistencia médica, la asistencia a adultos mayores, a ciegos, a enfermos graves, a la infancia y a la familia.

La mayoría de los asistentes sociales, aunque en menor proporción entre los que tienen formación profesional, se emplean en programas de subsidios familiares como los de asistencia a los niños minusválidos, ancianos y otros servicios subsidiarios a los beneficiarios de la seguridad social.

Debido a la escasez de asistentes sociales preparados, los países desarrollados impulsan programas de reclutamiento activo para poder cubrir los puestos necesarios para un correcto funcionamiento de sus tareas. La necesidad ha hecho que creciera el número de escuelas de asistencia social en el mundo entero, con baja matrícula, pero con tendencia a aumentar.

La evolución de la actividad se percibe en la importancia institucional y comunitaria que se le otorga, y en el estímulo a participar en ella.

La asistencia social tiene entre sus principales destinatarios a los niños.

Las ONG

Las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) han desempeñado en los últimos años un rol fundamental, sensibilizando a la opinión pública sobre los problemas del desarrollo en el llamado Tercer Mundo. Cumpliendo una función dinamizadora y crítica, han impulsado a los gobiernos para que organicen acciones de cooperación internacional, incrementando los recursos que destinan a la Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD).

Además de impulsar y llevar a cabo programas innovadores de desarrollo para resolver los problemas del llamado Tercer Mundo, las ONG han cobrado relevancia por la capacidad de resolver situaciones valiéndose de estructuras reducidas y canalizando la ayuda de manera directa.

Una primera y simple clasificación distingue dos tipos de ONG: las que trabajan directamente con los sectores pobres estableciéndose en el Tercer Mundo, y las que están instaladas en los países desarrollados y apoyan a las primeras financiándolas o realizando actividades de educación para el desarrollo.

¿Sabías qué...?
Una de cada tres personas del mundo no dispone de agua suficiente para satisfacer sus necesidades diarias. (OMS)

Los objetivos se llevan a cabo colaborando con ayuda de urgencia y realizando acciones solidarias allí donde se presentan catástrofes naturales, guerras u otros desastres. La colaboración la prestan de manera directa, o a través de los gobiernos o de las organizaciones internacionales competentes. Así mismo las ONG de países desarrollados se dedican a la investigación de los problemas de desarrollo en los países del sur, y a la búsqueda de alternativas para revertir esta situación como la elección de tecnologías apropiadas, el desarrollo cooperativo y otras variantes.

El rol del Estado

La existencia de las ONG y de todo tipo de voluntariado en la asistencia social, no inhibe al Estado de su rol en la conducción de toda estrategia que tenga como objetivo la promoción de la justicia social, la búsqueda de equidad entre los grupos sociales y la sustentabilidad. El Estado democrático es irremplazable como instrumento de la sociedad para enfrentar los problemas económicos y sociales.

El Estado está obligado moralmente a prestar asistencia social; atender a los sectores sociales más vulnerables es inherente a su razón de ser, y esto comprende a Estados nacionales, provinciales, departamentales o municipales.

La descentralización es favorable para garantizar la eficacia de los servicios y fortalecer la gestión del desarrollo social.

Las ONG, luego de su notable intervención en la cumbre de la Tierra, organizadas por las Naciones Unidas en 1992, fueron presentadas como el esbozo de una sociedad civil global. La denominación “Organización No Gubernamental” viene de un término acuñado por la ONU: toma como referencia los Estados y las organizaciones internacionales “gubernamentales” que constituyen la base del sistema de las Naciones Unidas.

Organismos internacionales

Puede definírselos como toda asociación integrada por sujetos de Derecho Internacional Público con un conjunto de normas que regulan su actividad, con miembros, objetivos, presencia internacional y fines comunes.

Lo habitual es utilizar el término para las organizaciones intergubernamentales, como Naciones Unidas, la Organización Mundial del Comercio o el Consejo de Europa, cuyos miembros son Estados soberanos o de otras organizaciones intergubernamentales. Pero en la actualidad, por su propia evolución y por efecto de la globalización, se las ha clasificado en dos tipos, la organización internacional pública u organización intergubernamental (OIG), y la organización internacional privada u organización no gubernamental (ONG), tratada en el punto anterior de esta nota.

Esta diferencia remarca la tendencia de llamar organización internacional a aquellas que son intergubernamentales aún cuando ONG como Cruz Roja, Amnistía Internacional o Médicos sin Fronteras tengan también presencia y objetivos internacionales. La diferencia se centra en que las ONG fijan sus metas en torno a cuestiones particulares y no abordan problemas de Estado a niveles sistémicos. Por esto es que el término organización internacional es hoy un término menos específico. Hoy en los documentos oficiales y de cuestiones técnicas se habla de organización intergubernamental (OIG) y de organizaciones no gubernamentales (ONG), para que las expresiones sean más claras.

Naciones Unidas

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) o Naciones Unidas, es la mayor organización internacional del mundo. Se define a sí misma como una asociación de gobiernos global que facilita la cooperación en asuntos como el derecho internacional, la paz y seguridad internacionales, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos.

El derecho de las minorías

¿Qué significa la expresión «derecho de las minorías»? Particularmente, comprende dos conceptos bien distintos: en primer lugar, los derechos normales individuales tales como se aplican a miembros de minorías raciales, étnicas, de clase, religiosas, lingüísticas o sexuales; por otro lado, los derechos colectivos que se le conceden a los grupos minoritarios. Ahora bien, la expresión también se puede utilizar para referirse a los derechos individuales de toda persona que no es parte de una decisión de la mayoría. Por ello mismo, la búsqueda de una definición ampliamente aceptada presenta dificultades.

CONCEPTO

La Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías se refiere en su artículo 1º a las minorías sobre la base de su identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística, y dispone que los Estados protejan su existencia. No hay ninguna definición internacionalmente acordada sobre qué grupos constituyen minorías. Muchas veces se subraya que la existencia de una minoría es una cuestión de hecho y que toda definición ha de incluir tanto factores objetivos (como la existencia de una etnia, de un lenguaje o de una religión compartidos) como factores subjetivos (en particular, que las personas de que se trate han de identificarse a sí mismas como miembros de una minoría).

El término «minoría», como se utiliza en el sistema de las Naciones Unidas en relación con los derechos humanos, se refiere generalmente a las minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas. Todos los Estados tienen en sus territorios nacionales uno o varios grupos minoritarios caracterizados por su propia identidad nacional, étnica, lingüística o religiosa, que difiere de la identidad de la población mayoritaria.

La Declaración de Durban de 2001 afirma que «debe protegerse la identidad étnica, cultural, lingüística y religiosa de las minorías, cuando las haya», y que «las personas pertenecientes a esas minorías deben ser tratadas en pie de igualdad».

Según la definición dada en 1977 por Francesco Capotorti, Relator Especial de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, una minoría es:

Un grupo numéricamente inferior al resto de la población de un Estado, que se encuentra en una posición no dominante y cuyos miembros, que son nacionales del Estado, poseen características étnicas, religiosas o lingüísticas diferentes de las del resto de la población y manifiestan, aunque sólo sea implícitamente, un sentimiento de solidaridad para preservar su cultura, sus tradiciones, su religión o su idioma.

Aunque muchas veces se ha criticado el criterio de la nacionalidad incluido en esta definición, el requisito de que la minoría se encuentre en una posición no dominante continúa siendo importante.

BREVE ANÁLISIS

Los esfuerzos de los grupos no dominantes por preservar sus diferencias culturales, religiosas o étnicas se iniciaron con la conformación de los primeros Estados-nación, hacia los siglos XVIII y XIX. Ahora bien, el reconocimiento y la protección de los derechos de las minorías comenzaron ya en la Sociedad de las Naciones, con la adopción de varios «tratados sobre las minorías». Las Naciones Unidas establecieron también gradualmente cierto número de normas, procedimientos y mecanismos en relación con las minorías.

Sede principal de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en Nueva York.
Durante los conflictos es cuando evidentemente corre mayor riesgo la integridad física de las personas pertenecientes a grupos minoritarios; se debe velar entonces por que las minorías tengan acceso a ayuda y socorro humanitarios.

En particular, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 1966, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías, de 1992, reconocen y protegen los derechos de las personas pertenecientes a minorías. No obstante, en la práctica, esos derechos distan mucho de poder ejercerse realmente.

Las minorías frecuentemente son víctimas de conflictos armados y de luchas internas en todo el mundo. Es motivo de especial preocupación la situación de los refugiados y de las personas pertenecientes a minorías, en particular las mujeres y los niños, desplazados en su propio país. Las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas son víctimas de múltiples discriminaciones y pueden carecer de acceso a, entre otras cosas, una vivienda adecuada, la tierra, la propiedad e incluso la nacionalidad.

Campo de concentración de Auschwitz, en Polonia. Allí se llevaron a cabo los actos más aberrantes contra la población judía durante la Segunda Guerra Mundial.

Basándose en la experiencia de las comunidades minoritarias de todo el mundo, así como en la Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías y en otras normas internacionales relativas a los derechos de las minorías, se puede señalar que los principales motivos de preocupación son los siguientes: la supervivencia y la existencia, la promoción y la protección de la identidad de las minorías, la igualdad y la no discriminación, y la participación efectiva y útil.

No obstante, todas las medidas encaminadas a la protección de las minorías deben centrarse primordialmente en la protección de la existencia física de las personas pertenecientes a minorías, y particularmente en su protección contra el genocidio y contra los crímenes de lesa humanidad.

LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS MINORÍAS

En 1992 la Asamblea General aprobó por consenso la Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías (resolución 47/135). La Declaración, que es el principal documento de consulta en lo que se refiere a los derechos de las minorías, concede a las personas pertenecientes a minorías lo siguiente:

• La protección, por los Estados, de su existencia y de su identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística;
• El derecho de disfrutar de su propia cultura, de profesar y practicar su propia religión y de utilizar su propio idioma en privado y en público;
• El derecho de participar efectivamente en la vida cultural, religiosa, social, económica y pública;
• El derecho de participar efectivamente en la adopción de las decisiones que las afecten a nivel nacional y regional;
• El derecho de establecer y mantener sus propias asociaciones;
• El derecho de establecer y mantener contactos pacíficos con otros miembros de su grupo y con personas pertenecientes a otras minorías, tanto dentro de su propio país como a través de las fronteras estatales, y
• La libertad de ejercer sus derechos, tanto individualmente como en comunidad con otros miembros de su grupo, sin discriminación.

Los Estados han de proteger y promover los derechos de las personas pertenecientes a minorías exigiendo que se preste particular atención a cuestiones tales como el reconocimiento de la existencia de las minorías; que se trate de garantizar sus derechos a la no discriminación y a la igualdad; que se promueva la educación multicultural e intercultural en los planos nacional y local; que se promueva su participación en todos los aspectos de la vida pública; que se tengan en cuenta sus inquietudes en los procesos de desarrollo y en la lucha contra la pobreza; que se tomen en consideración las disparidades existentes en indicadores sociales tales como los relativos al empleo, a la salud y a la vivienda, y que se tenga en cuenta la situación de las mujeres y las preocupaciones especiales relativas a los niños pertenecientes a minorías.

En la actualidad es importante elaborar propuestas para la eliminación de la discriminación racial y la xenofobia; el pueblo africano es uno de los grupos que más padecen este flagelo.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y en particular su artículo 27, inspiró el contenido de la Declaración de las Naciones Unidas sobre las Minorías. Ese artículo dispone lo siguiente:

En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión y a emplear su propio idioma.

Ese artículo protege los derechos de las personas pertenecientes a minorías a su identidad nacional, étnica, religiosa o lingüística, o a una combinación de tales modalidades de esa identidad, y a preservar las características que deseen mantener y desarrollar. Aunque el artículo se refiere a los derechos de las minorías en los Estados en que existan, su aplicación no depende de que el Estado reconozca oficialmente a una minoría. Los Estados que han ratificado el Pacto están obligados a hacer que todas las personas sometidas a su jurisdicción disfruten de sus derechos; esto puede exigir la adopción de medidas específicas para corregir las desigualdades a las que estén sometidas las minorías.

Los Derechos Humanos

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de algunos tratados, como el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

La igualdad, en cualquier condición, constituye uno de los derechos principales de la Declaración de los Derechos Humanos.

Universales e inalienables

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada por la ONU en 1948, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tuvieran el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o más, de los principales tratados de Derechos Humanos, reflejando así el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión concreta. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones.

Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.

Los Derechos Humanos no deben suprimirse, salvo en determinadas circunstancias.

Interdependientes e indivisibles

Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.

Todos los Derechos Humanos son indivisibles, interrelacionados e interdependientes.

Iguales y no discriminatorios

La no discriminación es un principio transversal en el Derecho Internacional de Derechos Humanos. Está presente en todos los tratados principales y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

La no discriminación es uno de los principios esenciales.

Derechos y obligaciones

Los Derechos Humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los dichos derechos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los mismos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los mismos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los Derechos Humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

Declaración Universal de los Derechos Humanos

La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue aprobada por la ONU en 1948, define los derechos básicos del hombre, sin distinción de raza, sexo, lengua, religión o política.

Este documento, firmado en París el 10 de diciembre de 1948, fue aprobado producto de una votación entre 58 países, con 48 votos a favor, 8 abstenciones y 2 ausentes:

Países a favor: Afganistán, Argentina, Australia, Bélgica, Birmania, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, China (Taiwán), Colombia, Costa Rica, Cuba, Dinamarca, República Dominicana, Ecuador, Egipto, El Salvador, Estados Unidos, Etiopía, Filipinas, Francia, Grecia, Guatemala, Haití, Holanda, India, Irak, Irán, Islandia, Líbano, Liberia, Luxemburgo, México, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, Reino Unido, Siria, Suecia, Tailandia, Turquía, Uruguay y Venezuela.

Países en contra: Ninguno

Abstenciones: Arabia Saudí, Bielorrusia, Checoslovaquia, Polonia, Sudáfrica, URSS, Ucrania y Yugoslavia.

Ausentes: Honduras y Yemen.

La declaración fue firmada en la sede de la Organización de la Naciones Unidas (ONU).

Artículos

La Declaración incluía los 30 artículos que se detallan a continuación:

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

  1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
  2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que todas las personas nacemos y debemos morir libres.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, apresado ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

  1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
  2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

  1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
  2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

  1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
  2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

  1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
  2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16

  1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
  2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
  3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

  1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
  2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

 

Todos los seres humanos tienen derecho a elegir su religión, sin importar su nacionalidad.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
  2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

  1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
  2. Toda persona tiene derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
  3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas, que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23

  1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo y a la protección contra el desempleo.
  2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
  3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana, y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
  4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25

  1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
  2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26

  1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
  2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos fundamentales: favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
  3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger la educación para sus hijos.
La educación fue uno de los principales temas de la Declaración de los Derechos Humanos.

Artículo 27

  1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
  2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29

  1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
  2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
  3. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Problemas fronterizos entre Venezuela y Guyana

Venezuela ha reclamado durante mucho tiempo una enorme extensión de tierra conocida como el Esequibo o Guayana Esequiba, que comprende el 40 % del territorio actual de Guyana. La región es rica en minerales y recursos naturales, y es una de las razones por las que representa un gran interés para las dos naciones.

En la actualidad, los funcionarios de la ONU esperan alivianar el altercado mediante un acuerdo entre el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, y el presidente de Guyana, David Granger.

¿Sabías qué...?
Guyana es una nación caribeña que limita con Venezuela, tiene una población de menos de 1 millón de personas y es el tercer país más pobre de América Latina.
El Esequibo es una región poco desarrollada, escasamente poblada pero rica en recursos naturales, casi el 60 % de la moderna Guyana.

Comienzo de la disputa entre Guyana y Venezuela

Hacia mediados del siglo XIX, el Gobierno británico consideró necesario demarcar las fronteras de Guyana. En 1840, el gobierno británico envió a Robert Schomburgk a una misión para examinar y marcar los límites de la Guayana británica. La intención de ese gobierno, una vez terminada la labor, era comunicar a los gobiernos de Venezuela y Brasil las opiniones del gobierno británico sobre la verdadera frontera de la colonia y luego resolver por negociación cualquier detalle.

En la realización de esta comisión, Schomburgk investigó personalmente casi todo el país al oeste del Esequibo y no descubrió ni pautó nuevos límites. Procuró basar sus informes en la exploración real y la información obtenida de los pueblos originarios, así como de la evidencia de los restos holandeses en Barima y en el Cuyuní; con lo que pudo determinar los límites de la posesión holandesa y la zona de la cual todo el rastro de la influencia española estaba ausente.

Con el fin de facilitar las negociaciones para el ajuste de la frontera, trazó la línea divisoria que se hizo famosa desde entonces como la Línea Schomburgk, que incluía mucho menos territorio que el reclamado por Gran Bretaña.

La posición de Guyana está basada en la defensa de la tierra que ha sido parte de su país durante casi 200 años.

Fue en este período que comenzaron las discusiones con Venezuela sobre el límite. El primer planteamiento del gobierno venezolano fue en enero de 1841 que, en respuesta al anuncio británico de la frontera, propuso la negociación de un tratado de límites y expresó el deseo de que éste precediera al levantamiento y la demarcación de la frontera.

Más tarde, el gobierno venezolano renovó la propuesta de negociación de un acuerdo y, al mismo tiempo, protestó contra los procedimientos de Schomburgk para colocar puestos fronterizos en ciertos puntos.

El embajador venezolano en Londres, Alejo Fortique, renovó sus protestas, por lo que el secretario de Estado de Asuntos Exteriores en enero de 1842 envió instrucciones para la remoción de los puestos fronterizos que habían sido colocados por Schomburgk cerca del Orinoco. Sin embargo, al mismo tiempo, se declaró claramente que el gobierno británico no abandonaba ninguna parte de sus derechos sobre el territorio que antes era propiedad de los holandeses.

En 1843, Fortique, solicitó la pronta conclusión de un convenio para definir la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica. Luego, en una nota del 31 de enero de 1844, presentó la primera declaración formal de la afirmación venezolana de que el territorio de la República se extendía al río Esequibo.

Motivos en los que se basó esta alegación

  1. España fue el primer ocupante del Nuevo Mundo.
  2. Los españoles habían explorado y ocupado muy pronto el Orinoco y los ríos Barima, Moruca y Pomeroon.
  3. En el momento del Tratado de Münster, los holandeses no tenían posesiones en Guayana, al menos en el lado norte y oeste del Esequibo.
  4. El dominio español se extendió hasta el Esequibo y toda posesión de los holandeses al oeste de ese río era una usurpación, que no había sido aprobada por España.

Conclusión de la declaración

La declaración concluyó con la insistencia de que el Esequibo era la frontera natural entre Venezuela y la Guayana Británica, y que los colonos británicos poseían poco o nada más allá de ese río.

Este reclamo recibió una pronta respuesta por Lord Aberdeen, en la cual, si bien se admitió que los españoles fueron los primeros europeos en ocupar el sur del continente americano, se observó que tal hecho no podía tener relación con el asunto en discusión. La respuesta señalaba además que si Venezuela no disponía de ningún tipo de arreglo en el territorio en cuestión, la concesión del Esequibo como frontera supondría la entrega inmediata por Gran Bretaña de la mitad de la Guayana Británica.

Lord Aberdeen también declaró que Gran Bretaña estaba dispuesta a conceder por amistosa consideración a Venezuela, una parte de la reivindicación británica extrema en el área superior del Cuyuní, con la condición de que las tribus amerindias que viven allí estuvieran debidamente protegidas.

La propuesta de Lord Aberdeen, comunicada un tiempo después al Gobierno de la Guayana Británica, resultó ser extremadamente desfavorable para la colonia.

Por su parte, el gobierno venezolano no apreció la gran concesión de los derechos británicos y no se envió ninguna respuesta a la nota de Lord Aberdeen y, en consecuencia, el gobierno británico decidió en 1850 que, como la propuesta había permanecido durante seis años y aún no se había aceptado, podía considerarse que había caducado.

Posición actual

Hasta principios de 2015, el gobierno de Guyana no había formulado ninguna propuesta de solución a la controversia desde 1982, cuando ambos países solicitaron al Secretario General de la ONU que decidiera un método de solución. Sin embargo, el Acuerdo de Ginebra de 1966 ha ayudado, al menos a los ojos de los venezolanos, a elevar la reclamación renovada de Venezuela. Las sucesivas administraciones venezolanas han interpretado desde entonces que el acuerdo significaba que debían seguirse discusiones para revisar la frontera basándose en la reclamación de su país sobre toda la parte occidental del Esequibo.

El 7 de agosto del año 2000, Oliver Jackman, representante personal del Secretario General de la ONU, en una reunión con el ministro de Relaciones Exteriores de Guyana en Georgetown declaró que durante una visita a Caracas unos días antes de preguntarle al presidente Chávez, éste dijo que Guyana no tenía que ceder todo el territorio y que una solución a la disputa implicaría la cesión de Guyana de una parte de la región de Esequibo.

Sin embargo, en los últimos tiempos, las señales conflictivas que salen de Venezuela dan la impresión de que el gobierno venezolano no está demasiado confiado con la demanda.

Economía de Guayana

La principal actividad económica es la agricultura, específicamente el arroz y el azúcar, que representa más del 30 % de los ingresos de exportación. A pesar de estar rodeada de vastas reservas de petróleo y gas en la vecina Venezuela, hasta hace poco Guyana no tenía reservas de petróleo dentro de sus límites territoriales.