Estructura política de Colombia

La República de Colombia es un país de América del Sur, es un estado unitario, social y democrático. Su forma de gobierno es presidencialista. Limita con Panamá en el noroeste, Venezuela y Brasil en el este, y Perú y Ecuador en el sur.

Colombia

Colombia es un país sudamericano que tiene una superficie de 1.142.748 km², más del doble del tamaño de países como Francia. Su costa norte es bañada por las aguas del mar Caribe, y la costa oeste por el océano Pacífico. Las aguas de estos dos océanos están divididas por Panamá.

Colombia es la que lleva el nombre de Cristóbal Colón, el “descubridor” del Nuevo Mundo.

Colombia refleja fuertemente su historia como colonia de España, es uno de los países más practicantes de la religión católica de Sudamérica. Su población es fuertemente mestiza (de ascendencia mixta europea e india). Su economía se basaba tradicionalmente en la agricultura, particularmente en la producción de café y frutas, pero en la actualidad las industrias y los servicios aumentaron de manera sustancial.

Más de un tercio de los colombianos viven en las seis áreas metropolitanas más grandes, de las cuales Bogotá es la mayor.

El país ha atravesado grandes conflictos políticos muy relacionados a la distribución desigual de la riqueza y el tráfico ilícito de drogas (principalmente cocaína).

Historia de Colombia

Colombia fue habitada originalmente por varios pueblos originarios cazadores, recolectores y granjeros, las principales eran los  tairona y los muisca, cuya lengua era la chibcha. Cada una de estas comunidades era gobernada por un jefe o cacique, eran sociedades bastante desarrolladas, al igual que la cercana civilización inca del Perú.

La primera expedición que zarpó a lo que se conoce hoy como Colombia ocurrió en 1499 comandada por Alonso de Ojeda, acompañado por Juan de la Cosa y Américo Vespucio. Los españoles fundaron el primer asentamiento de Santa Marta en 1525. En 1538 fue fundada Bogotá, que se convirtió en una de las ciudades más grandes del país.

En 1810 Colombia declaró su independencia de España. En 1819 se formó la República de la Gran Colombia, de la cual Simón Bolívar fue el primer presidente. La disolución oficial ocurrió en el año 1830.

Estructura política de Colombia

Colombia posee un gobierno democrático en el cual los ciudadanos les dan poder a los gobernantes a través del voto. La Constitución Política de 1991 determina todas las normas y la división de poderes del país en las ramas ejecutiva, legislativa y judicial, para así evitar la concentración del poder.

Los colombianos pueden votar cuando son mayores de dieciocho años.

Poder ejecutivo

El Poder Ejecutivo ejerce sus funciones a nivel nacional, departamental y municipal. A nivel nacional está conformado por el Gabinete de Colombia, el cual cuenta con el presidente de la República, el vicepresidente, los ministerios, los departamentos administrativos y las superintendencias. Por otro lado, a nivel departamental lo conforman las gobernaciones y las secretarías de gabinete; y a nivel Municipal los alcaldes y sus secretarios.

El presidente es la suprema autoridad administrativa del país actúa como el jefe de Estado, jefe de Gobierno y comandante en jefe de las Fuerzas Militares por un período de cuatro años.

Dentro de las atribuciones del presidente se encuentran:

1.- Representar nacional e internacionalmente al país a través de tratados, leyes y convenios.

2.- Elegir a los embajadores, diplomáticos y consulares de Colombia en el exterior.

3.- Nombrar ministros y directores de departamentos administrativos.

4.- Dirigir las Fuerzas Armadas de la República de Colombia

5.- Obedecer, promulgar y sancionar las leyes.

6.- Dictar la ley del Banco de la República, así como nombrar a los representantes de las instituciones públicas.

7.- Ejercer la inspección, vigilancia y control de las personas que realicen actividades que estén relacionadas con el manejo de recursos públicos.

Dentro de las funciones del vicepresidente están:

1.- Suplantar al presidente en caso de ausencia.

2.- Cumplir las tareas encomendadas por el presidente.

Por otro lado, los ministros se encargan de presentar proyectos de leyes ante el Congreso Nacional y de servir como voceros del gobierno ante el mismo. Finalmente, los directores de departamentos administrativos sólo tienen función administrativa.

Poder legislativo

El Poder Legislativo en Colombia está representado por el Congreso de la República, una legislatura bicameral conformada por el Senado y por la Cámara de Representantes. El Senado está compuesto por 108 senadores y la Cámara de Representantes por 171 representantes, cada uno con igualdad de poder y de responsabilidad. Todos los miembros del congreso son elegidos para cumplir un período de cuatro años con posibilidad de reelección.

El Capitolio Nacional de Colombia es la sede del Congreso de la República y está ubicado en la Plaza Bolivar de Bogotá.

Dentro de las funciones del Congreso se destacan:

1.- Realizar reformas a la Constitución.

2.- Elaborar leyes.

3.- Ejercer control político sobre el gobierno y su administración mediante las mociones de censura, las audiencias públicas y las citaciones.

4.- Llevar a cabo la toma del juramento al presidente de Colombia.

5.- Juzgar a altos funcionarios del Estado.

6.- Tiene la atribución de elegir al representante de la Contraloría General de la República y a los magistrados de la Corte constitucional.

7.- En caso de vacancia absoluta de un titular, el Congreso puede elegir al vicepresidente de Colombia.

Poder Judicial

La rama judicial en Colombia está formada por una serie de órganos de cierre de las principales jurisdicciones del sistema judicial, la ordinaria, la constitucional y la contencioso-administrativa, que junto con el Consejo de Gobierno Judicial son denominadas Altas Cortes.

Las Altas Cortes se encuentran ubicadas en el Palacio de Justicia de Colombia, en Bogotá.

Funciones de las Altas Cortes

1.- Corte Constitucional

– Se encarga de resguardar la Constitución.

– Decide la constitucionalidad de leyes o decretos.

2.- Corte Suprema de Justicia

– Se encarga de juzgar al presidente y a los altos funcionarios.

– Se encarga de realizar investigaciones y juicios a los miembros del Congreso, de ser necesario.

– Debe tener conocimiento de todos los negocios contenciosos de los agentes diplomáticos.

3.- Consejo de Estado

– Decide las acciones de nulidad de los decretos dictados por el gobierno que no sean competencia de la Corte Constitucional.

– Prepara proyectos de reformas a la Constitución.

– Tiene poder de regular los conflictos entre los particulares y el Estado, así como las relaciones del estado con otros.

4.- Consejo Superior de la Judicatura

Es la parte de la rama judicial que se encarga de la parte disciplinaria de los funcionarios que ejercen sus funciones en ella. Está formado por un total de 13 magistrados que tienen un periodo de 8 años sin posibilidad de reelección.

¿Sabías qué...?

Colombia ha atravesado dos grandes guerras civiles. La primera conocida como la Guerra de los Mil Días, duró desde 1899 hasta 1902. La segunda, conocida como La Violencia, tuvo lugar entre 1948 y 1958.

Primer presidente de Colombia

El primer presidente de la oficial República de Colombia fue José María Campo Serrano, un político colombiano y jefe civil y militar de Antioquia durante la Revolución de 1885. Su mandato duró desde el 1 de abril de 1886 hasta el 6 de enero de 1887.

Parto Respetado

El término “parto respetado” o “parto humanizado” hace referencia a una modalidad de atención del parto caracterizada por el respeto a los derechos de los padres y los niños y niñas en el momento del nacimiento. Es decir en consonancia con las necesidades y deseos de la familia que va a dar a luz.

Cuando se habla de parto humanizado, se habla de generar un espacio familiar donde la mamá y su bebé sean los protagonistas y donde el nacimiento se desarrolle de la manera más natural posible.

¿Cuáles son esos derechos?

La Ley de Parto Humanizado Nº 25.929, promueve que se respete a la familia en sus particularidades –raza, religión, nacionalidad- y que se la acompañe en la toma de decisiones seguras e informadas.

La madre tiene derecho:

  • A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pueden tener lugar durante el parto y postparto y participar activamente en las decisiones que acerca de las alternativas distintas si es que existen.
  • A ser considerada como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.
  • Al un parto respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados.
  • A ser informada sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales.
  • A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación.
  • A elegir quién la acompañe durante el trabajo de parto, parto y postparto.
  • A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
  • A ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.
  • A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña.
  • A ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre el niño o niña y ella misma.

Toda persona recién nacida tiene derecho:

  • A ser tratada en forma respetuosa y digna.
  • A su inequívoca identificación.
  • A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia.
  • A la internación conjunta con su madre en sala.
  • A que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.

El padre y la madre de la persona recién nacida en situación de riesgo tienen los siguientes derechos:

  • A recibir información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o evolución de la salud de su hijo o hija, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento.
  • A tener acceso continuado a su hijo o hija mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.
  • A un consentimiento informado sobre cualquier práctica médica que se le realice al niño o niña
  • A que se facilite la lactancia materna de la persona recién nacida
  • A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño o niña.

Fuente: Ministerio de Salud – Presidencia de la Nación (Argentina)

http://msal.gob.ar/index.php/component/content/article/48-temas-de-salud-de-la-a-a-la-z/354-parto-respetado#sthash.dccEZwXF.dpuf