Los virreinatos

El virreinato constituyó la máxima expresión territorial y político-administrativa que existió en la América española. Debido a las grandes extensiones de sus posesiones en América, la Corona Española recurrió entonces a la división por virreinatos y así garantizar el dominio y la autoridad real en el nuevo continente.

CAUSAS DE SU CREACIÓN

Conforme los conquistadores fueron ganando tierras para la corona española también fueron en aumento sus peticiones de cargos ya que la corona los recompensaba otorgándoles títulos de gobernadores y capitanes generales, aunque pronto se haría evidente que podían llegar a surgir fuertes señoríos en sus posesiones indianas.

La inexistencia de fronteras entre las primeras gobernaciones y su continua expansión gracias a la suma de conquistas daría lugar a que surgieran conflictos entre los gobernadores. Para controlar esta situación y para unificar regiones se planteó la necesidad de crear una instancia superior que garantizara la unidad y cohesión de los nuevos territorios. Así, dentro de la institución virreinal quedaron comprendidas las demás instancias de gobierno y administración: las audiencias, las gobernaciones, las alcaldías mayores o corregimientos y los municipios o cabildos.

Escudo del Virreinato de Nueva España.

EL VIRREY

El virrey era el título con el que se conocía al responsable de administrar y gobernar, como representante y en nombre de la corona española, un país o una provincia. De este modo, y ejerciendo plenamente las prerrogativas regias, su figura tuvo especial importancia por la enorme acumulación de territorios que, debido a su dispersión y la imposibilidad de comunicaciones rápidas, no podía gestionarse de forma centralizada.

Así las cosas, el virrey poseía atribuciones administrativas, militares, judiciales y financieras. En su persona, pues, reunía tres atribuciones: gobernador, capitán general y presidente de la audiencia, cargos que debía desempeñar en el marco de una compleja relación con las demás autoridades.

Edificio actual del Cabildo de Buenos Aires, ayuntamiento municipal de la capital del Virreinato del Río de la Plata.

EL VIRREINATO COLOMBINO

En primera instancia, el primer virreinato otorgado en América recayó en la figura de Cristóbal Colón, según consta en las Capitulaciones de Santa Fe concedidas por los Reyes Católicos antes de que el famoso almirante iniciara su primer viaje rumbo a las Indias. Así como en su condición de almirante le correspondía el mando y la jurisdicción sobre las aguas de la Mar Oceánica (hoy Océano Atlántico), en su calidad de virrey ejercería el poder sobre las tierras descubiertas y por descubrir.

Los Reyes Católicos: Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla.

Sin embargo, el llamado Virreinato colombino tuvo una corta duración, ya que desde un primer momento los Reyes Católicos restringieron las facultades del almirante, y pese a que su hijo Diego obtuvo el cargo de manera honoraria, terminó extinguiéndose definitivamente en 1536.

EL VIRREINATO DE NUEVA ESPAÑA

Tras la destrucción del Imperio Azteca y el sometimiento de los nativos, los conquistadores españoles se dispusieron a derribar la antigua capital azteca, Tenochtitlán, y fundar una nueva ciudad de aspecto europeo, la actual Ciudad de México, que se convertiría en la capital del Virreinato de Nueva España. De este modo, y con la construcción de la nueva capital, España puso especial énfasis en la europeización de los territorios recién conquistados, introduciendo instituciones políticas occidentales, con el objetivo de afianzar su dominio en la región. Una vez derribados los últimos vestigios de dominación indígena a manos de Hernán Cortés, designado como Capitán General de la región, la metrópoli decidió constituir estos nuevos territorios como un virreinato, delegando la función de virrey sobre Antonio de Mendoza, en 1536.

Retrato de Antonio de Mendoza y Pacheco, primer virrey de la Nueva España.

En su máxima extensión, el Virreinato de Nueva España ocupó toda América Central y las Antillas, y llegó a abarcar territorios propios del centro y sur de los actuales Estados Unidos y Filipinas. Ahora bien, el impacto demográfico producido tras la conquista sería enorme. De hecho, un alto porcentaje de la población nativa moriría a causa de las enfermedades traídas desde Europa, tales como la viruela o la tuberculosis. Por otra parte, los sistemas de trabajo forzado a los que fueron sometidos los indígenas aceleraron el retroceso demográfico iniciado durante los primeros años de la conquista.

Las haciendas y las grandes propiedades en el Virreinato de Nueva España tuvieron su apogeo en el siglo XVII y ocuparon gran parte del centro de México, en especial el Bajío. En la imagen se puede apreciar una sección del Acueducto de Zacatecas.

En el plano económico, en el Virreinato de Nueva España obtuvo especial relevancia la minería y el comercio. Asimismo, otras actividades importantes fueron la agricultura (maíz, cacao y otros productos originarios de la antigua Mesoamérica), y la ganadería (introducida por los europeos, quienes trajeron la mayor parte de los animales criados).

El descubrimiento de numerosos yacimientos mineros captó entonces la atención de la Corona, que inmediatamente dispuso su explotación. De estos yacimientos, pues, se extraían materiales tales como el oro, la plata, el cobre y el hierro. Con todo, la creación de ciudades mineras, en torno a las minas, produjo el surgimiento de nuevas explotaciones agrícolas y ganaderas dedicadas a su abastecimiento. Las principales minas de Nueva España fueron la de Zacatecas (1546), Pachuca (1552), Fresnillo y Guanajuato (1554), y finalmente San Luis Potosí (1592).

Por su parte, la regulación comercial quedaría en manos de la Casa de Contratación con sede en Sevilla. De hecho, el monopolio y las políticas proteccionistas impuestas por la metrópoli impidieron el óptimo desarrollo por todo el virreinato. El comercio directo con otras zonas del imperio estaba prohibido, con lo cual muchas medidas proteccionistas conducirían al apogeo de actividades ilícitas tales como la piratería o el contrabando.

La minería produjo un importante flujo de actividad económica que ocasionó el crecimiento de la Nueva España al generarse empleos para gran cantidad de la población.

EL VIRREINATO DE NUEVA GRANADA

El Virreinato de Nueva Granada abarcó los actuales territorios de Ecuador, Colombia, Panamá y Venezuela. Fue creado mediante Real Cédula el 27 de mayo de 1717 uniendo la Real Audiencia de Quito, la Capitanía General de Venezuela y la Real Audiencia de Santa Fe. De hecho, la Corona se vio obligada a constituir este nuevo virreinato por dos razones principales: era la zona más importante de producción aurífera y su estratégica posición le permitía enfrentar con efectividad el contrabando y la piratería. La ciudad de Bogotá, pues, pasó a ser la capital del nuevo virreinato, convirtiéndose de esta manera en uno de los principales centros de actividad de las posesiones del imperio en América.

Retrato de Pedro Mesía de la Cerda, quinto virrey de Nueva Granada.

Su fundación obedece a la nueva política borbónica de reorganización administrativa y de reforma y modernización de los sistemas de extracción y comercialización de materias primas obtenidas de las colonias. De existencia intermitente, el Virreinato de Nueva Granada fue disuelto y vuelto a formar en numerosas ocasiones: tras su primera fundación en 1717, fue disuelto por dificultades económicas en 1724; refundado en 1740, fue nuevamente disuelto por los independentistas que se hicieron con el poder en 1810 y recuperado por Fernando VII en 1816. Finalmente, sería reemplazado por una nueva entidad, la Gran Colombia, tras ser definitivamente disuelto por los independentistas en torno a 1822.

Presidencias de Santa Fe y Quito antes de la conformación del Virreinato de Nueva Granada en 1717.

EL VIRREINATO DEL PERÚ

El Virreinato del Perú sería la entidad político-administrativa fundada en 1542 tras el sometimiento del Imperio Inca. Así, en su máxima extensión, abarcaría territorios que actualmente se corresponden con Perú, Ecuador, Bolivia, Colombia, y parte de Argentina y Chile. De este modo, los primeros asentamientos comenzaron a desarrollarse tras la captura de Cuzco, principal ciudad inca, por parte de Francisco Pizarro, en 1534.

Estatua de Francisco Pizarro en Trujillo, España.

Fruto del choque de intereses entre los distintos conquistadores, el virreinato vivió cuarenta años de caos administrativo, principalmente como consecuencia del desigual reparto de la tierra. No obstante, a mediados del siglo XVI, Francisco de Toledo, virrey del Perú, lograría encauzar la situación y establecer un marco administrativo estable, que se prolongaría durante todo el período colonial.

Quizás una de las particularidades más significativas del Perú estuvo en la temprana explotación de los metales preciosos, cuyo centro más importante fue el cerro rico de Potosí, descubierto por los españoles en 1545.

Durante el siglo XIX, época en la que se suceden los distintos alzamientos independentistas a lo largo del continente, el Virreinato del Perú se mantendría como principal bastión de los realistas, hasta su disolución, en 1824, tras la Batalla de Ayacucho. Asimismo, el Perú sería también testigo de los alzamientos de Túpac Amaru II y Túpac Katari, precedentes de la futura emancipación latinoamericana.

Batalla de Ayacucho.
Mapa del Virreinato del Río de la Plata alrededor de 1783.

EL VIRREINATO DEL RÍO DE LA PLATA

El Virreinato del Río de la Plata fue creado en 1776 por orden de Carlos III. Nacido de una escisión del Virreinato del Perú, integró los territorios de las gobernaciones de Buenos Aires, Paraguay, Tucumán y Santa Cruz de la Sierra, el corregimiento de Cuyo de la Capitanía General de Chile y los corregimientos de la provincia de Charcas. De este modo, abarcó los actuales territorios de Argentina, Bolivia, Uruguay y Paraguay, y partes del sur de Brasil y el norte de Chile. Su capital se situó en Buenos Aires, fundada en 1580 por Juan de Garay.

Las causas de la creación de este virreinato surgieron de la necesidad de la metrópolis de defender sus posesiones al sur del continente de las ambiciones de otras potencias coloniales, como Inglaterra y Portugal. Al encontrarse toda esta zona bajo administración del Virreinato del Perú, el tráfico entre Lima y Buenos Aires era muy lento y hacía difícil organizar la defensa de Buenos Aires en caso de un eventual ataque.

La economía en este virreinato seguía el modelo extractivo-exportador, y al igual que el resto de los virreinatos y la propia metrópolis, se mostró ajeno a la proto-industrialización surgida en el siglo XVIII. La ganadería, asentada principalmente en Buenos Aires, constituyó una importante actividad económica. Por su parte, la minería no ocupaba el lugar preferencial que poseía en el resto de los virreinatos, aunque la actividad minera se limitaba a una serie de yacimientos explotados en la actual Bolivia, y desde el puerto de Buenos Aires se exportaban enormes cantidades de oro y plata llegadas, principalmente, del Alto Perú. El comercio, centrado en la exportación de ganado y derivados, cereales, oro y plata, estaba fuertemente regulado por la metrópolis, lo cual favoreció la proliferación de actividades contrabandistas. La actividad comercial estaba en manos de unos pocos españoles, los cuales a su vez, detentaban gran parte del poder político.

Retrato de Pedro de Cevallos, primer virrey del Río de la Plata.

Real Audiencia de Quito

En el territorio del actual Ecuador, la Colonia propiamente dicha se inició con una partida de nacimiento de doble sentido: el institucional, con el establecimiento de la Real Audiencia de Quito en 1563, como parte del Estado español; y el social, con la llamada Rebelión de las Alcabalas en 1592, en tanto manifestación de los intereses de los sectores locales “americanos” en contra de la legitimidad y alcance de la autoridad real sobre este espacio.

En cuanto a los límites jurisdiccionales, mientras que por el norte el Obispado sólo iba hasta Pasto, pues Popayán era la capital de otra diócesis, la Audiencia incluía, además de Pasto, a Popayán, Cali, Buenaventura y Buga. Por el sur, ocurría lo contrario: el Obispado se extendía hasta San Miguel de Piura, que en lo civil pertenecía a la Audiencia de Lima. En lo que hace a los territorios del oriente amazónico, antes de 1563 ya se habían iniciado las exploraciones e incursiones a esta zona; en los límites de la Audiencia también se incluyeron “todos los territorios que se descubrieren y poblaren”.

El primer presidente de la Audiencia fue el sevillano Hernando de Santillán, quien llegó a Quito en 1564 e instaló inmediatamente esta institución. El doble imperativo a que obedeció el establecimiento de la Audiencia (facilitar el control administrativo de estos territorios y, sobre todo, regular las relaciones entre la sociedad blanca y la sociedad indígena) se encarnó perfectamente en este personaje. Además del presidente, la Audiencia contó con cuatro o cinco oidores o jueces, un fiscal, un escribano, un relator y un portero.

Hernando de Santillán fue el primer presidente de la Audiencia

Entre Lima y Santa Fe

La Audiencia de Quito permaneció como provincia dependiente del Virreinato del Perú desde su creación en el siglo XVI hasta el siglo XVIII, época en la que, frente al adelanto que tuvieron en general las provincias dependientes de los virreinatos americanos y la dificultad que representó para el virrey del Perú ejercer un control más vigoroso en tan dilatado territorio, la Corona decidió crear un nuevo virreinato, el de Santa Fe (Nueva Granada), en mayo de 1717, nombrando como primer virrey a Jorge de Villalonga.

Mediante la cédula de erección de este virreinato se suprimió la Audiencia de Quito, la cual pasó a órdenes de la Audiencia de Santa Fe. Desde ese momento sería esta Audiencia la encargada de conocer y determinar lo relativo a la justicia, el gobierno, la política, el Patronato Regio, la guerra y la real hacienda del distrito de Quito.

En 1723 se suprimió el Virreinato de Santa Fe, con lo cual el territorio de la Audiencia de Quito retornó a los mismos términos en que se hallaba antes de su incorporación al mismo, es decir, pasó a depender del Virreinato del Perú. Posteriormente, fueron varios y extensos los informes que se elaboraron con relación al restablecimiento del Virreinato de Santa Fe; el 20 de agosto de 1739 el rey Felipe V resolvió su restablecimiento y determinó que la Audiencia de Quito perteneciera a él, con el carácter de “subordinada” y dependiente, de manera similar a las demás audiencias con respecto a los virreinatos del Perú y Nueva España. Con los mismos propósitos de política defensiva que se consideraron para la creación primera del Virreinato de Santa Fe en 1717, se determinó entonces por cédula real el control y la defensa militar frente a pretensiones extranjeras.

Por otra parte, ante los innumerables conflictos bélicos que atravesó España en el ámbito europeo durante el siglo XVIII (causantes de crisis que afectaron su economía y su poder), las Reformas Borbónicas de la segunda mitad del siglo supusieron un intento de centralización política y mayor control militar de las colonias americanas. De esta forma, la creación de los virreinatos de Santa Fe y del Río de la Plata (1776) se justificaba por “razones de Estado”.

Mapa del territorio de la Real Audiencia de Quito

La Audiencia de Quito, como unidad menor y dependiente, se vio igualmente enmarcada dentro de estos objetivos y, de esta manera, las regiones de su distrito se articularon política y económicamente de una forma más directa a determinada jurisdicción virreinal. Así, por ejemplo, en el ámbito de las economías regionales, la Sierra Norte se articuló en torno al centro minero de Barbacoas, y, por lo mismo, se vinculó al Virreinato de Santa Fe; la Sierra Sur se relacionaba con el Virreinato del Perú; y la Costa, mediante el auge de su producción cacaotera (1774), permitió ampliar el mercado interno interregional vinculado a las provincias santafereñas o a las pertenecientes al virreinato peruano.

Este constante vaivén por el que atravesó la Audiencia de Quito entre los virreinatos del Perú y Santa Fe permite advertir el verdadero carácter de los cambios político-jurisdiccionales y territoriales que atravesó esta institución durante la Colonia. Esto, a su vez, supone comprender que el proceso de organización de este espacio da cuenta de una “historia jurisdiccional” más que de una “historia de límites”.

La monarquía constitucional española

La monarquía española nació con la unión de los reinos de Castilla y Aragón, fruto del matrimonio de los Reyes Católicos y, salvo breves períodos de tiempo, ha logrado permanecer hasta nuestros días. Por eso se la considera el símbolo de la permanencia y continuidad del Estado. El restablecimiento de las instituciones democráticas en el año 1978 supuso la restauración de la monarquía después de la experiencia republicana (1931-1939) y de la dictadura franquista (1939-1975), durante la cual España se reconocía oficialmente como un reino aunque la jefatura del Estado la asumiera y ejerciera el general Franco, quien, incumpliendo la normas de sucesión dinástica, designó a Juan Carlos de Borbón como sucesor al trono.

Durante la elaboración de la Constitución de 1978 se plantearon dos cuestiones: resolver el problema de la legitimidad de un nombramiento realizado al margen de las normas de sucesión dinástica y adaptar la institución monárquica al sistema democrático.

Desde la promulgación de la Constitución, España se configura como una monarquía parlamentaria enlazando con la tradición española y, más concretamente, con la Constitución de 1876. El Rey, como personificación de la Corona, recibe sus atribuciones de la Constitución, pero se reconoció a Don Juan Carlos la legitimidad dinástica para ocupar el trono como consecuencia de la renuncia a los derechos sucesorios efectuada por su padre, Don Juan de Borbón, a quien, según las normas de sucesión dinástica, correspondía el trono.

La continuidad de la monarquía se asegura mediante la aplicación de las reglas clásicas sobre sucesión al trono del sistema castellano. En definitiva, la monarquía en España se asienta sobre una doble legitimación: por un lado, la legitimidad democrática que le otorga la Constitución y, por otro, la legitimidad histórica que le confiere el sistema de sucesión dinástica, tras la renuncia de Don Juan de Borbón.

El 2 de junio de 2014, el Rey Juan Carlos I anunció que abdicaba en favor de su único hijo varón, Don Felipe de Borbón, tal como está previsto por las disposiciones sucesorias de la Constitución. La ley orgánica de abdicación fue aprobada el día 11 del mismo mes en el Congreso de los Diputados, por 299 votos a favor, 13 en contra y 23 abstenciones. Tras la asunción del nuevo rey bajo el nombre de Felipe VI (19 de junio), se abrió una nueva etapa en el Reino de España, con la segunda generación de monarcas tras la recuperación de la democracia.

Don Felipe de Borbón es el actual Rey de España. Asumió el trono el 19 de Junio de 2014

Funciones del Rey

La Constitución española señala que el Rey ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes. El artículo 56.1. de la Constitución de 1978 concibe la figura del Monarca en un triple sentido: como símbolo de la unidad y permanencia de España, como árbitro y moderador del funcionamiento regular de nuestras instituciones y como el más alto representante del Estado en las relaciones internacionales. Ahora bien, dichas funciones sólo podrán ser ejercidas mediante los mecanismos que la propia Constitución establece, y por tanto la actuación del Rey se debe ceñir a las atribuciones que la ley le otorga.

La mayor parte de las atribuciones del Rey son actos debidos, es decir, actos establecidos por la ley en los que el Monarca no expresa su voluntad. Así, el Rey debe sancionar las leyes aprobadas por las Cortes, convocar las Cortes al comienzo de cada legislatura, disolverlas y convocar elecciones a petición del Presidente del Gobierno, nombrar y separar a los ministros a propuesta de su presidente, expedir los decretos aprobados por el Consejo de Ministros, nombrar los altos cargos a propuesta del Gobierno o de las Cortes, declarar la guerra o la paz, previa autorización de las Cortes, o prestar consentimiento para la firma de tratados internacionales.

En todos estos casos, el Rey no actúa por iniciativa propia sino por mandato de la ley o por indicación de alguno de los poderes democráticamente elegidos, sean las Cortes o el Gobierno.

La función más importante atribuida al Rey es la de proponer a las Cortes un candidato a Presidente del Gobierno para su aprobación. Después de la celebración de elecciones generales, el Rey deberá recibir a los representantes de todos los grupos parlamentarios antes de proponer un candidato. La finalidad de este trámite es conocer qué candidato tendría mayores posibilidades de ser elegido en la votación de investidura del Congreso.

Si hay un partido con mayoría absoluta en el Congreso, la discrecionalidad del Rey queda anulada, ya que deberá proponer al líder de dicho partido. Si, en cambio, no hay ningún partido con mayoría absoluta, deberá proponer al candidato de la lista más votada, a no ser que de sus consultas dedujese que un candidato de otro partido pudiera aglutinar el resto de las fuerzas políticas representadas y ser elegido. En definitiva, el Rey deberá optar por la solución que, según su criterio, proporcione mayor estabilidad gubernamental. En la práctica, son los propios partidos los que proporcionan al Monarca la solución apropiada y no le corresponde a él promover acuerdos entre ellos.

Aunque el Rey goce de mayores atribuciones en la elección del candidato a Presidente del Gobierno, en última instancia serán los partidos políticos con representación parlamentaria los que tomen la decisión. No existe por tanto peligro alguno de que el Monarca asuma arbitrariamente un protagonismo que la Constitución no le otorga; más bien al contrario, su función va destinada a asegurar el normal funcionamiento de las instituciones y a procurar una mayoría parlamentaria que permita un gobierno estable.