Ética, moral y justicia

Desde sus inicios en las comunidades de la antigua Grecia hasta nuestros días, los términos “ética”, “moral” y “justicia” se han tomado popularmente como sinónimos. Lo cierto es que, aunque son similares, poseen varias diferencias entre sí. Sus conceptos se complementan y establecen lo necesario para ilustrar el código de conducta humano.

Ética Moral Justicia
Definición (RAE) • Parte de la filosofía que trata del bien y del fundamento de sus valores.

• Conjunto de normas morales que rigen la conducta de la persona en cualquier ámbito de la vida.

Doctrina del obrar humano que pretende regular el comportamiento individual y colectivo en relación con el bien y el mal y los deberes que implican. • Principio moral que lleva a determinar que todos deben vivir honestamente.

• Conjunto de todas las virtudes.

• Aquello que debe hacerse según derecho o razón.

Etimología Del griego éthos, que significa “carácter” o “costumbre”. Del griego mōrālis, que significa “uso” o “costumbre”. Del griego iustitĭa, que significa “aquello que es justo”.
Origen Originado por los pensamientos y reflexiones propios del individuo. Originado por el código de conducta que la sociedad ha inculcado en el individuo. Originado por la necesidad de establecer armonía en la sociedad.
Ente en el que se manifiesta Persona. Persona y sociedad. Sociedad.
Visión Universal y objetiva. Limitada a la cultura de una determinada sociedad, subjetiva. Universal y objetiva.
Ejecución Teórica. Práctica. Práctica.
Relación con las normas Fundamenta de forma  racional el por qué de las normas. Establece las normas según el criterio social. Aplica y ejecuta las normas mediante leyes y derechos.
Tipos
  • Metaética.
  • Normativa.
  • Estoica.
  • Aplicada.
  • Empírica.
  • Religiosa.
  • Fundamental.
  • Individual.
  • Social.
  • Socioeconómica.
  • Política.
  • Religiosa.
  • Legal.
  • Distributiva.
  • Conmutativa.
  • Procesal.
  • Retributiva.
  • Restaurativa.
Ejemplos Reflexión objetiva sobre el aborto como un acto correcto o incorrecto, donde se consideran todos sus factores, motivos e implicaciones. Visión general que una comunidad concreta posee sobre el aborto. Considerarlo correcto o incorrecto dependerá de la cultura y las costumbres de dicha comunidad. La ejecución de leyes y normas relacionadas al aborto en una comunidad, su prohibición o autorización, originadas por lo que dicha comunidad considera como una verdad absoluta.

 

Leyes contra la discriminación en Perú

Se entiende como discriminación al trato desigual a una persona o a un grupo de personas por motivos de religión, raza, sexo y muchos otros. La normativa política de Perú consiente el derecho de los peruanos a no ser discriminados. Distintos instrumentos legales apoyan este derecho, algunos de los más destacados son los siguientes:

Solo en 2019, la Fiscalía de Perú recibió 526 denuncias por discriminación, 195 casos más que en 2018.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

Todo peruano tiene derecho a la no discriminación. Este derecho, consagrado en el artículo 2 inciso 2 de la Constitución política, contempla que toda persona tiene derecho a “la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole”.

Para la protección de este derecho, el artículo 200 inciso 2 establece el proceso constitucional de amparo, el cual está regulado por el Código Procesal Constitucional, cuyo artículo 37 inciso 1 expresa que el amparo procede en defensa del derecho “de igualdad y de no ser discriminado por razón de origen, sexo, raza, orientación sexual, religión, opinión, condición económica, social, idioma, o de cualquier otra índole”.

¿Sabías qué...?
Perú es uno de los Estados que está sujeto a los exámenes periódicos del Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial.
En 2018, el Poder Ejecutivo presentó el proyecto de Ley 3.793 para prevenir, eliminar y sancionar el racismo y la discriminación racial en cualquiera de sus manifestaciones.

LEY N° 27.815: LEY DE CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Esta norma sanciona las prácticas discriminatorias en el acceso a centros de formación educativa, en las ofertas de empleo y relaciones laborales así como en las relaciones de consumo. Del mismo modo, la Ley y su reglamento sancionan a los funcionarios y servidores públicos por la transgresión de sus deberes y por incurrir en actos discriminatorios.

LEY N° 27.270: LEY CONTRA ACTOS DE DISCRIMINACIÓN

En el año 2000, la discriminación fue incorporada a las normas punitivas del país por medio de la Ley N° 27.270. Esta incorpora al Título XIV-A del Código Penal el Capítulo IV, el siguiente texto:

“Artículo 323.- El que discrimina a otra persona o grupo de personas, por su diferencia racial, étnica, religiosa o sexual, será reprimido con prestación de servicios a la comunidad de treinta a sesenta jornadas o limitación de días libres de veinte a sesenta jornadas”.

Además modifica los primeros tres artículos de la Ley Nº 26.772, relacionados con la oferta de empleo y el acceso a centros de formación. Finalmente, hace énfasis en la sanción de la clausura temporal y confirma que “El Juez podrá aplicar la clausura temporal a la que se refiere el artículo 105 del Código Penal, en los casos del delito tipificado en el Artículo 323, por el término que sumado a la sanción administrativa no exceda de 5 (cinco) años”.

La Defensoría del Pueblo atiende en sus oficinas casos por sospechosos actos de discriminación en distintas partes del país. Investigan y solicitan a las instituciones públicas la intervención en cada caso para erradicar los actos discriminatorios.

Ley N° 28.983: LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES

En 2007, la Casa de Gobierno en Lima aprobó la Ley N° 28.983 que tiene por objeto “establecer el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad”.

La norma se basa en los principios fundamentales de igualdad, respeto por la libertad, dignidad, seguridad, vida humana, así como el reconocimiento del carácter pluricultural y multilingüe de la nación peruana. Define la discriminación como “cualquier tipo de distinción, exclusión o restricción, basada en el sexo, que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de las personas, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad entre la mujer y el hombre, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra (…)”.

Según el Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, en Perú 12 mujeres son víctimas de feminicidio a causa del machismo cada mes.

LEY N° 29.973: LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD

La Ley N° 29.973 de 2012 tiene la finalidad de “establecer el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica”.

La normativa define a la persona con discapacidad como “aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás”.

Distintos temas dentro de este instrumento abarcan los aspectos de la vida de una persona con discapacidad y su participación efectiva. Además describe los derechos civiles, políticos, de salud, de rehabilitación, de accesibilidad, de la educación, de deporte, y de trabajo de la personas con discapacidad. Así mismo, establece los principios rectores de las políticas, los programas del Estado y las sanciones, infracciones y entidades competentes.

El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es una entidad adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Se encarga de garantizar el reconocimiento y la protección de los derechos de las personas con discapacidad.

Valores y convivencia

La convivencia en una sociedad es uno de los factores más importantes no sólo para el bienestar y la felicidad de las personas, ya que la relación con los demás es lo que nos hace seres humanos; es el sustento de una buena calidad de vida, por lo tanto, de una buena salud. A su vez, en este tema es fundamental la profundización de los valores, ya que ellos nos ayudan a llevar un estilo de vida agradable y permiten abarcar una buena convivencia con los demás.

Los valores benefician a todos por igual, ya que se dan en la medida en que se obtienen y se obtienen en la medida en que se dan. Entre ellos podemos destacar los siguientes:

• La libertad.
• La honestidad.
• La responsabilidad.
• La igualdad.
• La disciplina.
• La puntualidad.
• La lealtad.
• La humildad.
• El respeto.
• La tolerancia.
• El diálogo.
• La solidaridad.
• La justicia.
• La equidad.
• La prudencia.
• La perseverancia.
• La integridad.

Aunque son numerosos, todos son parte de la columna vertebral para determinar las acciones de los individuos dentro de la sociedad. De hecho, se clasifican según la motivación que impulsa a las personas. Por ejemplo, hay valores que hacen que el hombre sienta que quiere cumplir sus metas personales; algunos que lo ayudan a sentirse bien consigo mismo; valores de uso y cambio que le proporcionan cosas que le son útiles; y otros que le ayudan a relacionarse con los demás. Por ello, se debe tenerse en cuenta que todos ayudan a que el hombre trabaje en sí mismo y sea cada día una mejor persona.

Una sociedad basada en hombres y mujeres con valores es la llave para una convivencia más sana. De hecho, las leyes civiles no son suficientes; en ellas se establece sólo lo elemental para asegurar una convivencia sin grandes conflictos. Los valores van mucho más allá de cumplir la ley; son aquellos que hacen que el hombre sea lo que es: lo llevan a mejorarse, lo llenan, lo completan como persona y le permiten llevar una buena calidad de vida porque establece una mejor relación con los demás. Permiten que el hombre madure y se corrija día a día, buscando cada vez ser más humano, tratando siempre de tener una vida interesante, llena de momentos y actitudes que lo llenen de felicidad y lo hagan sentir bien consigo mismo y con las demás personas.

Para vivir los valores adecuadamente, lo primero es estar consciente de que son vitales y que, a su vez, son lo que pueden cambiar verdaderamente a una persona, una familia, una nación. Una vez que se ha aceptado la importancia de vivir los valores, hay que analizar claramente qué valores son la base de la vida. Aquí podríamos establecer dos clases de valores: los que son propios de una persona, y los que se quieren construir. Por otra parte, también debería hacerse un esfuerzo y meditar detenidamente en cuáles son aquellos principios, normas y comportamientos fundamentales para vivir mejor.

LA AXIOLOGÍA

Una rama de la filosofía estudia la naturaleza de los valores y juicios valorativos: la axiología. De esta manera, analiza tanto los valores y comportamientos positivos, como las actitudes y conductas negativas de las personas en diversas situaciones de su vida cotidiana. Es considerada una de las principales fundamentaciones de la ética, ya que abarca muchos aspectos importantes que permiten el análisis de diversos entornos y acontecimientos que afectan la calidad de vida de las personas. De acuerdo con una concepción tradicional, la axiología establece que los valores pueden ser objetivos o subjetivos. Ejemplos de valores objetivos incluyen el bien, la verdad o la belleza, siendo finalidades ellos mismos. En cambio, se consideran valores subjetivos cuando éstos representan un medio para llegar a un fin, en la mayoría de los casos caracterizados por un deseo personal. Además, los valores pueden ser fijos (permanentes) o dinámicos (cambiantes), y pueden diferenciarse a base de su grado de importancia y ser conceptualizados en términos de una jerarquía, en cuyo caso algunos poseerán una posición más alta que otros.

CLASES DE VALORES

Se han hecho diferentes clasificaciones de los valores, de los cuales pasamos a detallar a continuación:

  • Valores humanos: Son los que perfeccionan al hombre de tal manera que lo hacen más humano. Un buen ejemplo de ello es la justicia, que hace al hombre más noble.
  • Valores infrahumanos: Son aquellos que perfeccionan al hombre, pero en aspectos inferiores que usualmente comparte con otros seres, como por ejemplo los animales. Aquí se encuentran valores como el placer, la fuerza, la agilidad y la salud.
  • Valores morales: Son los que perfeccionan al individuo en lo más íntimamente humano. Perfeccionan al hombre en cuanto ser humano, en su voluntad, en su libertad, en su razón. Surgen primordialmente en el individuo por influjo y en el seno de la familia, y ayudan a insertarse eficazmente en la vida social. Ejemplo de ello son el respeto, la tolerancia, la honestidad, la lealtad, el trabajo, la responsabilidad, etcétera.
  • Valores humanos inframorales: Son aquellos valores que son exclusivos del hombre. Dentro de ellos encontramos valores económicos, la riqueza y el éxito. También entrarían dentro de esta denominación la inteligencia y el conocimiento, el arte y el buen gusto. Socialmente hablando, aludimos a la prosperidad, el prestigio y la autoridad.
  • Valores instrumentales: Son comportamientos alternativos mediante los cuales conseguimos los fines deseados. Refieren a la estima que se tiene por determinadas conductas y formas de comportamiento.
  • Valores terminales: Son estados finales o metas que al individuo le gustaría conseguir a lo largo de su vida.

LA ANOMIA

Cuando hablamos de valores no debemos olvidar un concepto que ha ejercido gran influencia en la teoría sociológica contemporánea: la anomia. Este término refiere a una desviación o ruptura de las normas o a la incapacidad de la estructura social de proveer a ciertos individuos de lo necesario para lograr las metas sociales; a los comportamientos que ocasionan el incumplimiento de valores. La regulación moral correspondiente –codificada en normas sociales– queda obsoleta, por lo que se produce una falta de institucionalización en relación a los valores normativos.

Así pues, la mayor presión conducente al desvío se da entre los grupos socioeconómicos más bajos. De hecho, las conductas desviadas son el crimen, el suicidio, los desórdenes mentales, el alcoholismo. Se supone que la anomia es un colapso de gobernabilidad que, por no poder controlar esta emergente situación de alienación experimentada por un individuo o una subcultura, provoca una situación desorganizada que resulta en un comportamiento no social.

A MODO DE CONCLUSIÓN

Los valores nos permiten proceder y expresarnos de una manera considerada con los demás, nos hacen sentir bien con nosotros mismos, hacen que cada día seamos mejores personas y, por ende, creamos en la posibilidad de una sociedad más educada y respetuosa. Los valores nos ayudan a apreciar más lo que tenemos y a las personas que están a nuestro alrededor; nos permiten proceder adecuadamente en situaciones difíciles y hacer que la vida tenga sentido. Sin ellos, el día a día de las personas no tendría un sentido superior y, por lo tanto, actuaríamos sin pensar en las consecuencias, en lo que sentimos y pensamos tanto nosotros como los demás, y los otros, son una parte importante de nuestra propia vida porque sólo podemos ser nosotros junto a los demás.